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A través de una carta emitida este viernes, una treintena de organizaciones defensoras de los Derechos Humanos le pide a la Cámara de Representantes, donde en breve se abordará el tercero y último debate del proyecto de ley estatutaria de la JEP vía 'fast track', que 'corrija la gravísima discriminación' que, en su consideración, cometió la plenaria del Senado al aprobar, el pasado miércoles, dos artículos que inhabilitan como magistrados de la Justicia Especial para la Paz a defensores de DDHH que hayan actuado en procesos en torno al conflicto armado.

De acuerdo a los puntos 100 y 104 aprobados en la discusión en el pleno de la c'amara alta al reglamentar el sistema de justicia transicional: no podrán ser magistrados de la JEP 'quienes hayan gestionado o representado acciones en contra del Estado en materia de reclamaciones a los derechos humanos, al derechos internacional humanitario o al derecho penal internacional o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o entidades que hayan ejercido dicha representación (y tampoco) quienes hayan tramitado acciones ante Sistemas o Tribunales Internacionales de Derechos Humanos o litigado contra el Estado Colombiano ante dichas instancias o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o entidades que hayan ejercido tal actividad'.

Por ello, las redes de Derechos Humanos, de mujeres, de paz y de víctimas advierten que las disposiciones aprobadas 'son claramente inconstitucionales, ya que contradicen la decisión de la Corte Constitucional frente al Acto Legislativo 01 de 2017, según la cual el régimen de impedimentos, inhabilidades e incompatibilidades de los magistrados de la JEP será el mismo establecido por ley para todos los jueces'.

Agregan los activistas que una norma de este tipo 'es discriminatoria y contribuye a la estigmatización de la labor de defensa de Derechos Humanos, agudizando el clima adverso para el desarrollo de esta labor, manifestado en el aumento de las agresiones contra líderes sociales y defensores/as de DDHH'.

Ponen de presente además que la defensa y exigibilidad de los Derechos Humanos, en tribunales nacionales e internacionales, es un derecho y una acción de fortalecimiento de la democracia.

Y señalan que, paradójicamente, 'uno de los requisitos para ser magistrado/a de la JEP es contar con conocimientos en derechos humanos y derecho internacional humanitario, por lo que una cualidad, no puede ser convertida en una inhabilidad'.

También llaman la atención acerca de que con esta decisión se anularía un proceso de selección 'que contó con una amplia participación y escrutinio ciudadano' que dio como resultado la elección de 'un tribunal altamente calificado, con enfoque de género, territorial y étnico' compuesto por 52 magistrados y magistradas.