La plenaria del Senado aprobó en último debate el proyecto de ley que prohíbe la suspensión de los servicios públicos, si el saldo de la factura es menor al cobro de la reconexión.
El proyecto de ley, de autoría de la representante cordobesa de La U, Sara Piedrahíta, contempla además que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios estarán obligadas a tener una oficina de atención al cliente en cada municipio del país donde operan.
'El articulado que fue aprobado también restringe el cambio o arreglos arbitrarios en los medidores de energía, sin tener el visto bueno de los usuarios', indicó Piedrahíta, para quien 'la intención de la norma es proteger a los usuarios de los abusos de los operadores'.
Así las cosas, el usuario debe ser notificado sí existe un daño en su medidor y este contará con un tiempo prudente para cambiar o arreglar el contador con una empresa diferente a la que le presta el servicio, si así lo quiere.
Además, el articulado contiene una disposición que busca disminuir los tiempos de espera ante los reclamos.
Y concluyó la parlamentaria: 'estoy satisfecha con el trámite del proyecto, porque ya era hora que se le pusiera límite a las empresas prestadoras de servicios públicos en el país, que venían abusando de los usuarios en muchos casos'.