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El Tribunal Administrativo de Córdoba, a través de los magistrados Luis Eduardo Mesa Nieves, Diva Cabrales Solano y Publio Andrés Patiño, admitió la demanda de nulidad de la elección de la alcaldesa de Momil, Erika Patricia Díaz Mezquida, por tener segundo grado de afinidad legítima con un jurado de votación en las pasadas elecciones del 25 de octubre.

Según el auto que admite la demanda, la alcaldesa es hermana de Juan Carlos Díaz Mezquida, cónyuge de Ayln Carrascal Llorente, quien sirvió de jurado ese día, pruebas que aportó el demandante con registros civiles de nacimiento y registro de matrimonio de la pareja, del 15 de junio de 2010 en la Notaría Segunda de Montería.

Advierte el Tribunal que 'está demostrado que la señora Carrascal Llorente fue designada como jurado en la zona 00, en la cabecera municipal, en el puesto 014, en el cargo de vicepresidenta suplente, habiendo asistido a cumplir con el deber impuesto el día 25 de octubre de 2015, día en el que se llevaron a cabo las elecciones locales en el municipio de Momil, como advierte la lista de asistencia de los jurados de votación'.

Para tomar la decisión la terna de magistrados además se ampararon en el Código Civil, especialmente en el artículo 47 (Afinidad Legítima), que especifica los grados de parentescos o grados consanguíneos.

Así las cosas la elección de la alcaldesa de Momil está suspendida, mientras el mismo Tribunal Administrativo de Córdoba falla de fondo la medida cautelar.

Erika Patricia Díaz Mezquida participó en el debate electoral por el partido de la U, y obtuvo 5.034 votos, mientras que su inmediato contrincante, Emiliano Ramón Lugo Arroyo, logró 4.751 sufragios; quien es el autor de la demanda; y Manuel Esteban García Hernández, del Polo Democrático, 80 votos.