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La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó ayer en último debate el proyecto de reforma constitucional al equilibrio de poderes, iniciativa del Gobierno que se convirtió en una de las banderas de Santos para hacerle frente a la crisis institucional y de justicia que enfrenta el país por los reiterados casos de corrupción en las altas cortes y en el Congreso.

A la reforma, que en un principio estaba encaminada principalmente a eliminar la reelección presidencial, se le fueron sumando temas trascendentales para el balance institucional del Estado, sobre todo en su segunda vuelta en el Congreso.

Producto del escándalo desatado en la Corte Constitucional por el caso Pretelt, el gobierno Santos anunció una serie de medidas que, incluidas en el proyecto, lo hicieron virar de reforma netamente política a una de reestructuración del sistema de justicia, que incluyó, entre otras cosas, la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, un cambio en la forma en la que son electos los magistrados –prohibió el 'yo te elijo, tú me eliges' y la 'puerta giratoria'– y estableció una Comisión de Aforados, integrada por tres miembros, para que estos sean juzgados junto con el fiscal, eliminando la Comisión de Acusaciones de la Cámara.

Aprobados dos de tres artículos. En el debate del martes restaban por aprobarse solo tres artículos, de los cuales dos pasaron y uno se hundió.

Fue aprobada la eliminación de la 'puerta giratoria', artículo segundo del proyecto que establece: 'Los servidores públicos no podrán nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente'.

Así como las llamadas 'listas cremallera', contempladas en el artículo 23, que establecen la paridad como norma general para conformar las listas de los partidos a las diferentes corporaciones públicas. Según el texto final esta medida será implementada de manera 'progresiva'.

Ese mismo artículo se establece: 'Los partidos con personería jurídica que sumados no hayan obtenido una votación superior al 15% de los votos podrán presentar listas de candidatos en coalición para corporaciones públicas, según lo determine la ley que lo reglamente'. Medida que fortalece la representatividad de los partidos minoritarios.

Por otro lado, el artículo quinto, que creaba el Senado Regional, se hundió en el último debate. Dicho Senado Regional permitía la representación en la cámara alta del Congreso de los departamentos con población inferior a los 500.000 habitantes.

El proyecto pasará a conciliación entre Senado y Cámara para que pueda ser sancionado por el presidente antes del 20 de junio.

Principales cambios

Elimina la reelección presidencial y se impone cláusula pétrea para que solo pueda revivirse por medio de referendo o constituyente.

Curul para segundos en elecciones: presidente a senado, vicepresidente a cámara, alcalde a concejo, gobernador a asamblea.

Solo el Presidente tendrá fuero especial, y será juzgado por una Comisión Accidental del Senado. El vicepresidente quedó con el mismo régimen de inhabilidades que alcaldes, gobernadores, ministros y procurador.