La expresión: 'la democracia no tiene precio, pero su funcionamiento tiene un costo', frase de dos connotados politólogos, resume una cruda pero cierta realidad: el recurso financiero es un factor necesario, aunque no suficiente, para que candidatos, partidos y movimientos políticos puedan llevar a cabo sus actividades políticas y electorales.
De forma general puede ser entendida como una forma de participación política legítima, que produce beneficios para todos los que participan del ejercicio democrático electoral, siempre y cuando se encuentre debidamente regulada y sometida no solo al control público sino al ciudadano, toda vez que esta no está exenta de riesgos como la llegada de dineros provenientes de las arcas criminales, la satisfacción de intereses corporativistas y la corrupción.
En nuestro país, la financiación de la política se encuentra regulada por la Ley 130 de 1994 y el Acto Legislativo 01 de 2009, es de carácter mixto: financiación pública y privada, con predominio de la financiación pública sobre la privada. La financiación pública varía según se trate de financiar un partido o una campaña electoral. La financiación de la campaña, por su parte, varía dependiendo de la naturaleza de la elección.
En las presidenciales, existe la posibilidad de acceder a anticipos siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas. Respecto del control y vigilancia de la financiación de la política y las campañas electorales, este recae en el Consejo Nacional Electoral, órgano de origen político electoral.