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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó este viernes el incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro por no cumplir con el nombramiento de los expertos comisionados de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg.

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En su resolución, el tribunal rechazó los argumentos presentados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia, que consideró que el proceso era inconstitucional.

'El Presidente de la República, durante el período para el que sea elegido, o quien se halle encargado de la Presidencia, no podrá ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formación de causa', argumentó Presidencia.

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En su momento,  se explicó que el mandatario incumplió el mandato del Tribunal de integrar la Creg con seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva.

En esa misma sentencia se le expresó al mandatario nacional que debía nombrar a los comisionados en propiedad y no a los que estaban en encargo. La sentencia había sido apelada, pero el Consejo de Estado la confirmó el pasado 2 de mayo, lo que hizo que el 17 de junio se dictara un “auto de obedézcase y cúmplase a lo resuelto”.

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“Los documentos allegados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República permiten evidenciar que se realizaron gestiones para realizar los nombramientos, mas no el cumplimiento del fallo, porque no se adjuntaron los actos administrativos de nombramiento en propiedad de los seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, nombrados por el presidente de la República para períodos de cuatro años, como se ordenó en el fallo del 25 de enero de 2024, pese a que el plazo feneció el 27 de junio de 2024”, se lee en el escrito del Tribunal.

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