El Consejo Nacional Electoral, CNE, negó la solicitud que elevó la fallecida Piedad Córdoba que pedía el otorgamiento de la personería jurídica a su movimiento político Poder Ciudadano para convertirlo así en partido.
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El CNE basó su negativa bajo el argumento de que lo expuesto por la congresista no tuvo suficiente asidero como para considerar acceder a la pretensión de Córdoba, quien fungió como su presidente y representante legal.
El movimiento Político Corporación Proceso Organizativo por los Derechos Civiles la Unidad, Dignidad y Autoestima de los Negros (Poder Ciudadano) buscaba la personería jurídica sostenido en la trayectoria de Piedad Córdoba y en la candidatura de uno de sus miembros a la circunscripción afro que al final no consiguió.
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Además, aseguraron que la colectividad acudió a las elecciones legislativas en coalición con el Pacto Histórico, lo cual terminó en la inclusión de la fallecida parlamentaria en la lista cerrada al Senado y su posterior elección.
“Lo expuesto anteriormente en la solicitud objeto de estudio trata fundamentalmente en relación con las adhesión y filiación que obtuvo la agrupación representada por la señora Piedad Esneda Córdoba con la coalición Pacto Histórico y referente a los hechos de violencia que pudo vivir la ciudadana referida”, se lee en la solicitud.
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Igualmente, Poder Ciudadano incluyó artículos de prensa que daban cuenta de los hechos de violencia a los que se vio expuesta su presidenta para así adquirir la personería jurídica, sin embargo, eso no lo evidenció del todo la entidad electoral.
“No todos los artículos hacen referencia a un hecho de violencia, y ninguno en particular por ostentar los ideales políticos del movimiento Poder Ciudadano, como se presumen en la solicitud, por lo cual al ser analizados los artículos los temas principales fueron la violencia de los lideres, en Colombia, la discriminación de la mujer, y amenazas frente a la señora Piedad Córdoba”, esgrimió el CNE.
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Es por ello que, dicen, “las pruebas tanto allegadas en la solicitud como de oficio, no tiene ningún registro de violencia que le haya perjudicado a seguir en contiendas electorales, por lo tanto no prospera la pretensión”.
La solicitud fue negada pero el movimiento político tiene 10 días para elevar un recurso de reposición ante el Consejo Nacional Electoral.