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El Tribunal de Cundinamarca admitió una demanda contra el decreto con el que se nombró a Armando Benedetti como embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO.

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La demanda, que argumenta que el decreto fue 'nulo', fue interpuesta por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular, Unidiplo.

Los querellantes afirman que dicho documento 'fue expedido con desviación de poder teniendo en cuenta que: '(...) fue el propio ministro nominador quien descalificó al demandado cuando fue Embajador de Venezuela'.

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Unidiplo en su acción sostienen que Armando Benedetti, que tomó posesión como embajador el pasado 8 de febrero, 'no acreditó ni cumple con los requisitos del cargo, en especial, con el de hablar un segundo idioma'.

Ya a principio de marzo, este mismo tribunal había admitido otra demanda que tenía el mismo fin pero el principal argumento de los demandantes era que Álvaro Leyva, quien firmpo el decreto, ya estaba suspendido por la Procuraduría.

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Sin embargo, la nulidad del decreto fue negada amparándose en el artículo 115 de la Constitución que señala que el presidente está facultado para expedir los actos propios de su competencia, sin la necesidad de la firma del ministro implicado.

Unidiplo ya había expresado su malestar una vez se conoció el nuevo cargo que ostentaría el excongresista: '(Benedetti) no pertenece a la Carrera Diplomática, no ha ingresado por concurso público, no ha pasado por el proceso jerarquizado basado en el mérito y no ha tenido que demostrar un proceso de continua especialización en cargos diplomáticos y consulares'.

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Además, aseguraron que durante su misión en Venezuela, Benedetti no demostró contar con las capacidades suficientes para ejercer un cargo diplomático.