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El pronunciamiento fue realizado luego de fallar una tutela presenta por una ciudadana en nombre de su hermano el cual fue declarado con discapacidad metal absoluta, por lo que ella fue designada como su guardadora mediante sentencia judicial.

La ponencia realizada por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar en la Sala Segunda de Revisión señaló, 'Debe tenerse en cuenta que la guardadora se vio sometida a la realización de múltiples trámites y procedimientos infructuosos por más de 20 meses, sin tener en cuenta que su representado tiene una discapacidad absoluta. Con esta conducta, la accionada vulneró los derechos al mínimo vital y al goce de las mesadas pensionales de un sujeto de especial protección constitucional que requiere de la ayuda constante y plena de su guardadora'