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La Presidencia de la República, a través del Departamento Administrativo, presentó una queja disciplinaria contra los Carlos Velásquez, Mónica Reyes Martínez y Amparo Peña Mejía en su condición de magistrados de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, por la presunta comisión del delito de prevaricato, luego de que ordenaran el arresto domiciliario por 5 días del jefe de Estado, Iván Duque.

La queja consideró que la Sala 'extralimitó sus funciones al atribuirse competencias de la Constitución', pues señalan que llevó hasta su culminación, 'incidente de desacato', contra el presidente de la República.

La medida contra el mandatario se conoció el sábado cuando el tribunal falló a favor de una tutela al señalar que el presidente desacató a una orden que había emitido la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que declaró como sujeto de derechos al Parque Natural Nacional de los Nevados.

El tutelante argumentó que el Parque 'era objeto de deforestación, degradación, erosión y fragmentación ecológica causada, entre otras razones, por expansión de la frontera agrícola, ganadería extensiva, caza indiscriminada, minería, densidad poblacional y construcción de carreteras 4G, lo que, asegura, sucede por la 'aquiescencia, falta de control, ausencia de coordinación administrativa y omisión de vigilancia de las autoridades ambientales tuteladas'.

La sentencia señaló que el Gobierno, en encabeza de Duque, 'no ha cumplido' con la creación de un Comando Especial de la Fuerza Pública para delitos ambientales en ese parque nacional.

Los argumentos de la Presidencia para interponer la queja se basa, entre otras, en el artículo 174 de la Constitución el cual establece que: 'Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos'.

La queja señala que, con lo anterior, 'se empieza a descubrir una realidad inocultable a la luz de las funciones y atribuciones' que en materia sancionatoria tienen los Tribunales Superiores, cuando la persona a quien se pretende imponer ésta es el Presidente de la República.

'De aquí surge la esencia del fuero especial que lo cobija y nada ni nadie, puede, arbitrariamente interpretar las normas de manera caprichosa, porque debe recordarse la imposición establecida en el artículo 230 Constitucional', sustenta el Departamento Administrativo de la Presidencia.

Para la defensa, 'es más que evidente' que los Magistrados 'no pueden escudarse en la interpretación de las normas y facultad otorgada por la Ley', para personas que no cuentan con fuero, cuando deciden frente a la imposición de medidas restrictivas de la libertad.

'Aquí lo que es claro es que ellos, los Magistrados, usurparon las funciones establecidas por la Constitución y la ley para la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. La decisión tomada por ellos en el incidente de desacato, contrarió los principios establecidos en la norma superior que excluyen la posibilidad de imposición de sanciones de estirpe penal a quien por su condición ostenta un fuero', señala la queja.

En diciembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia dio a las autoridades nacionales, departamentales y locales un plazo perentorio de un año para poner en marcha un plan conjunto para la recuperación, mantenimiento, manejo y conservación del Parque Nacional Natural Los Nevados, al que consideró como sujeto de derechos a la vida, salud y ambiente.

Al conocer la decisión del Tribunal, el propio presidente de la República tacho de 'inexplicable' la medida toda vez que 'quiere pasar por encima del fuero constitucional, donde supuestamente se ordena el arresto del presidente de la República dizque por no cumplir esa sentencia'

'Esa sentencia está más que cumplida y los reportes están, pero aparte de eso la decisión no solamente es inconstitucional, no está en firme, es un abierto prevaricato', añadió el jefe de Estado.