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El presidente Iván Duque ratificó el ‘tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre el traslado de personas condenadas’, el cual fue suscrito en Beijing el 31 de julio de 2019, con la sanción de la Ley 2092.

Con esta entrada en vigencia de este tratado, el país podrá repatriar presos colombianos condenados en China.

La norma determina que con base en el artículo 1° de la Ley 7 de 1944, Colombia deberá perfeccionar el vínculo con su par de China para poder emprender la repatriación de connacionales que hayan sido condenados en el país asiático.

'Respeto de los principios de soberanía, reciprocidad, igualdad y beneficio mutuo; reafirmando el objetivo común de garantizar la dignidad y el bienestar de las personas condenadas; deseando fortalecer la cooperación judicial en materia penal entre los dos países, para que las personas condenadas cumplan sus condenas en su país de nacionalidad con el fin de facilitar su rehabilitación social', puntualiza. 

En este sentido, las disposiciones generales del tratado determinaron que cada uno de los países 'podrá, de conformidad con las disposiciones de este Tratado, trasladar a una persona condenada a la otra parte para hacer cumplir la sentencia impuesta por la parte trasladante en el territorio de la parte receptora'.

Para poder adelantar este proceso de repatriación, en el documento de Beijing se estableció que los organismos que se entenderán directamente serán los ministerios de Justicia de China y Colombia.