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Este martes fue radicado en el Congreso el proyecto de ley de reglamentación de la cadena perpetua, sobre el que el Gobierno estaba obligado a presentar ante el Legislativo antes del 22 de julio de 2021.

La iniciativa reglamenta el acto legislativo 01 de 2020 al modificar el Artículo 34 de la Constitución frente a la 'condición excepcional (de la cadena perpetua), el control automático de la pena de prisión perpetua ante el superior jerárquico de doble conformidad y la revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años, para evaluar la resocialización del condenado'.

La condición excepcional de imposición de la cadena perpetua se incluye al establecer dos artículos nuevos en la Ley 599 de 2000, es decir el Código Penal: el artículo 103A que determina las circunstancias de agravación punitiva cuando el homicidio recae en niño, niña u adolescente, y el artículo 211A que crea las circunstancias de agravación punitiva cuando los tipos penales de  acceso carnal impliquen violencia o se ponga a la víctima en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir.

Acerca del control automático el proyecto de ley reglamentario consagra la asignación de competencia, los términos y procedimiento para que se cumpla el control automático de la sentencia que impone la prisión perpetua revisable.

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