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El ministro del Interior, Daniel Palacios, precisó ayer el alcance de los toques de queda nocturnos que podrán decretar los mandatarios locales para el puente de Reyes en los municipios, ciudades, regiones y departamentos con más del 70 y el 80% de ocupación de UCI y los toques de queda nocturnos y diurnos que podrán decretar para los municipios, ciudades, regiones y departamentos con más del 85% de ocupación de UCI en el país.

Para ello, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio del Interior expidieron una circular conjunta dirigida a todos los alcaldes y gobernadores del país con indicaciones puntuales para el control de la epidemia por Covid-19 durante el puente festivo de Reyes Magos.

'Son nuevas medidas que estamos tomando a partir de la situación de afectación en las diferentes ciudades. Hemos tomado como parámetro el nivel de ocupación de cuidado intensivo, pasando por las ciudades que están en el 70%, 80% y aquellas que están por encima del 85%', señaló el pasado miércoles el jefe de la cartera de Salud, Fernando Ruiz.

70%, nocturno

En los lugares en 70% de ocupación UCI podrá haber restricción de las cirugías no prioritarias, ‘pico y cédula’ para todo tipo de actividad comercial, menos restaurantes y hoteles y prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas. Así mismo, puede haber restricción de la movilidad entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

De igual forma, limitación del piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 7 de la noche, mientras se mantenga el alto nivel de ocupación.

80%, nocturno

En las de más de 80% de ocupación UCI podrá haber restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 8 de la noche y las 5 de la mañana, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Y se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

Así mismo, se establece la prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas y se realizará auditoría de UCI.

85%, nocturno y diurno

Y en los lugares en más del 85% de ocupación UCI se podrá dictar restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos, tanto nocturna como diurna, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Luego del 12 de enero y hasta el 16 podrá haber restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 8 y las 12 de la noche.

Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020, y se reforzarán las campañas de comunicación invitando a la población al autoaislamiento preventivo.

Viajeros

Palacios explicó que para los viajeros 'está permitido que hagan el regreso a sus ciudades de origen o la salida a destinos para donde vayan a dirigirse para todo el puente de Reyes. Todos los viajeros pueden hacer tránsito por las vías nacionales, departamentales y municipales, así como las vías aéreas'.