La Procuraduría pidió al Ministerio de Salud que disponga a los médicos para que expidan incapacidad médica para trabajadores positivos por COVID-19 que no puedan hacer trabajo desde casa y como consecuencia de ello no reciban su salario.
Se trata de los trabajadores del sector de la salud, construcción, manufactura, vigilancia, seguridad privada, limpieza, aseo, entre otros, que no pueden realizar actividades desde casa y necesitan desplazarse hasta sus lugares de trabajo.
'Así mismo, ante la inexistencia del certificado de incapacidad tampoco tendrían derecho a recibir el subsidio económico por parte de la EPS o ARL, lo que iría en contravía de los derechos fundamentales del trabajador y de su familia', indica el Ministerio Público en el comunicado.
En la misiva enviada al ministro de salud, Fernando Ruíz Gómez, el ente de control señaló que resulta 'contradictoria y preocupante' la medida que habilita al médico tratante para no expedir certificado de incapacidad en los casos positivos para COVID-19 con síntomas leves o ausentes y en su lugar, se recomiende la priorización de las modalidades de trabajo en casa o teletrabajo.
Según la Procuraduría, con corte al 17 de agosto de 2020, de la totalidad de los casos positivos en Colombia, el 81.22% corresponden a casos con síntomas leves y el 10.90% agrupa a personas que no manifiestan sintomatología 'y en aplicación del Decreto 1109 del 2020, a estas personas no se les expediría el certificado de incapacidad laboral por la totalidad del tiempo que dure su aislamiento obligatorio, cifra que sirve como referencia para analizar a futuro los posibles trabajadores afectados por el virus y la medida del decreto'.
Ante esta situación, el Ministerio Público solicitó a la cartera de Protección Social modificar el inciso segundo del artículo 8° del Decreto 1109 del 2020, con el fin de establecer que independiente de que un trabajador manifieste o no síntomas por COVID-19, se reconozca la incapacidad laboral por la totalidad del tiempo que debe estar aislado.
Esto 'con el fin de evitar que los derechos de los trabajadores sean vulnerados, garantizar su sostenibilidad económica y dar cumplimiento a las medidas sanitarias orientadas al control del contagio y propagación del virus'.