El juez 35 de control de garantías de Bogotá dictó este jueves medida de aseguramiento de detención domiciliaria en contra del abogado Diego Cadena, señalado de presuntos sobornos a testigos en el caso que se le sigue al expresidente y senador Álvaro Uribe en la Corte Suprema de Justicia.
Entre tanto, se abstuvo de imponer medida de aseguramiento en contra de Juan José Salazar, abogado asistente de Cadena, debido a que su actuación 'solo fue tangencial'.
El operador judicial dijo que hay inferencia razonable en la comisión de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, y señaló que aunque 'no hay una sola prueba que permita establecer que Cadena ha ejecutado actos orientados a entorpecer la labor de la Fiscalía en este proceso, no en el que se sigue en la Corte', sí se pone de manifiesto la 'gravedad de la conducta', en la cual 'el dominio de la actuación siempre estuvo en cabeza de Cadena, él determinó, aborda las personas, da las órdenes de pago, determina a Salazar para que vaya y ponga el giro'.
El togado se centró en establecer para qué fueron usados los dineros que Cadena y Salazar le hicieron llegar a los llegados del exparamilitar y testigo Carlos Enrique Vélez.
'La Fiscalía dice que la entrega de dinero se dio por una contraprestación por la declaración y la defensa dice que son pagos por concepto de viáticos y ayudas humanitarias. Pero el despacho da por cierto la existencia de los giros a dos ciudadanas, María Elena Vélez, la hermana de Carlos Enrique Vélez, y Diana Paz, una 'prepaguito', como el testigo la llama, que visitaba a este ciudadano', indicó.
Refiere el juez además que 'hay unos pagos que no son giros sino entregas en efectivo y consignaciones, y que esas sumas al parecer fueron direccionadas a un ciudadano que es el hijo de Vélez, quien manifiesta que recibió $10 millones. Uno de los sobrinos de Vélez refiere que se le hicieron llegar $18 millones en Palmira, dice que Salazar le entregó las sumas de dinero. Y un primo de Vélez refiere que se le entregaron $10 millones'.
Así mismo, indica que la defensa denunció las extorsiones por parte de Vélez en otros procesos y la Fiscalia admite que Vélez tiene 27 sentencias por homicidio e investigaciones por falso testimonio. 'Es claro para este despacho que aunque un testigo haya sido condenado o investigado por falso testimonio, eso no descarta que el testigo haya dicho la verdad, por eso su dicho debe ser corroborado'.
El operador judicial critica el hecho de que Cadena no tenía una facultad como sujeto procesal pero introduce una serie de documentos a la Corte Suprema, en medio del proceso que se le sigue al expresidente y senador Álvaro Uribe, 'y es por eso que la Corte le compulsa copias. No entiende el despacho cómo se admite un documento de esta naturaleza en la Corte Suprema'.
De igual forma, se pregunta el juez '¿por qué teniendo una oficina de investigadores la oficina de Cadena y Salazar se recurre a pagar viáticos a una persona que está llegando a la tercera edad y a una ciudadana referida como la 'prepaguito' para la actividad investigativa por quien dice ser apoderado de un aforado?'.
En este hilo, el togado advierte que la defensa no corroboró qué pasó con los dineros pagados y, en cambio, la Fiscalía sí lo hizo: '¿Qué actos de corroboración se dieron por parte de la defensa sobre el destino final de esos giros?, ¿fueron para hoteles, buses, tiquetes?, ¿se estaba pagando un jornal para que ese día pudiera rendir una entrevista?'.
Y agrega que la Fiscalía logró corroborar que 'la hermana dice que recibió estos giros y ella dice que eran para los gastos de la casa, el jabón, el arroz, la papa, para mandarle implementos de aseo a Carlos Enrique Vélez y para las recargas a celular. Es decir ella establece que no se trata de viáticos ni actos de investigación'.
Reprochó el juez el hecho de que los imputados no denunciaron las supuestas extorsiones de Vélez: 'La explicación es que esos actos de extorsión no se cumplieron sino que fueron demandas de solicitud de dinero que no se entregaron'.
En torno al otro testigo, el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, el juez retomó lo dicho por Héctor Romero, abogado de Monsalve, 'quien cuenta que el 22 de febrero de 2018 en la Cárcel La Picota se reunió con Monsalve e intermitentemente con Cadena. Cadena ofreció gestiones jurídicas a favor de Monsalve. Esos servicios son perfectamente válidos y legales. La censura radica es en lo que se pide como contraprestación: si se pide dinero o bienes es viable, pero si se solicita que se mienta ante una autoridad judicial, ahí se torna reprochable ese actuar'.
También habló de la declaración de Deyanira Gómez, esposa de Monsalve, 'quien dice que iba a radicar en la Corte Suprema un documento que había elaborado Monsalve, pero hubo un desistimiento de radicación. Y Deyanira dice una cosa distinta a la de Cadena, porque ella dice que a ella le dijeron que dijera tal cosa y Cadena dice que solo le pidieron que dijera la verdad. (...) Si iba a decir la verdad no se requería la gestión de Cadena en este sentido'.
La decisión fue apelada por la Fiscalía y por la defensa de Cadena.