El Ministerio del Trabajo expidió el pasado martes el Decreto 676 de 2020, en el que la COVID-19 queda oficialmente considerada como enfermedad laboral directa en Colombia.
El coronavirus acompaña así en la tabla de enfermedades laborales, por ejemplo, al mesotelioma maligno, por exposición al asbesto y a la neumoconiocosis, por el carbón.
La disposición modifica el artículo 4 del Decreto 1477 de 2014, sobre las prestaciones económicas y asistenciales derivadas de estas enfermedades laborales.
Señala la medida que a los trabajadores que presenten alguna de las enfermedades laborales directas se les reconocerán las prestaciones asistenciales y económicas desde su diagnóstico, sin necesidad de la determinación de origen laboral en primera oportunidad o el dictamen de las juntas de calificación de invalidez.
Así las cosas, se lee en la norma que 'será considerada como una enfermedad directa la COVID-19, señalada en la Sección 11, Parte A del Anexo Técnico, del presente decreto, la contraída por los trabajadores del sector de la salud, incluyendo al personal administrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de esta enfermedad'.
Hasta que permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia sanitaria, las administradoras de riesgos laborales, ARL, deberán asumir los costos que se deriven de las pruebas de tamizaje y pruebas diagnósticas que se realicen a los trabajadores dependientes o independientes, vinculados a través de un contrato de prestación de servicios del sector salud, incluyendo al personal administrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios directos en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de la pandemia.
También reglamenta el decreto que las ARL deberán contribuir con la financiación o la entrega de los elementos de protección personal de sus afiliados.
La cartera laboral también cambió el artículo del Decreto 1072 de 2015 sobre las obligaciones de los contratantes cuando sus empleados estén expuestos a estas enfermedades laborales directas.