EPS Medimás dejará de operar en 8 departamentos del país. Esta decisión fue tomada por la Superintendencia Nacional de Salud luego de un seguimiento al desempeño de esta entidad y las múltiples quejas recibidas por parte de los usuarios.
De acuerdo con la Superintendencia los departamentos en los que no funcionará esta EPS son Atlántico, Bolívar, La Guajira, Magdalena, Cauca, Cundinamarca, Guainía y Arauca. Asimismo, indicó que ya se dio inicio al traslado de 329.223 afiliados en estos territorios a otras Entidades Promotoras de Salud.
'La decisión se tomó luego de realizar una rigurosa revisión de las objeciones presentadas por la EPS a la resolución 001146 del 3 de marzo de 2020, mediante la cual la Superintendencia había ordenado el inicio del proceso de revocatoria parcial de la autorización de funcionamiento de Medimás en esos departamentos', dijo la Supersalud en un comunicado.
Fabio Aristizábal Ángel, superintendente Nacional de Salud, dijo que tras el estricto seguimiento al desempeño de Medimás, se demostró que esta EPS 'no garantizaba el aseguramiento y acceso a los servicios de salud en las condiciones de calidad, oportunidad, continuidad e integralidad en esos 8 departamentos'.
Quejas de los usuarios en aumento
La Supersalud sostuvo que realizó un análisis de la cantidad de peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD) que recibió de los usuarios de esta EPS en dos periodos comparables. Así, por ejemplo, al confrontar el primer bimestre de 2019 con el mismo periodo de este año, se encontró que las PQRD aumentaron en 199% en los ocho departamentos.
Adicionalmente –dijo- se determinó que los tiempos de cierre de PQRD podían alcanzar en promedio los 73 días para el caso del departamento de Cauca, y de 58 días en promedio para Cundinamarca durante 2019.
Las causales que comprobó la Superintendencia en esos departamentos se refieren en términos generales a que la EPS Medimás ponía en riesgo la efectividad de los servicios, la seguridad de los afiliados y la destinación de los recursos del sector, poniendo en riesgo la sostenibilidad de otros actores del sistema por lo que incumplía de forma reiterada e injustificada las condiciones de habilitación.
En ese sentido, durante los años de 2018 y 2019 –aseguró la entidad- se evidenciaron demoras en la asignación de citas de medicina especializada, inoportunidad en la prestación de servicios de salud, incumplimiento al suministrar de manera oportuna los medicamentos e insumos a los usuarios, contratación de prestadores que no tenían servicios habilitados y fallas en la operación del sistema de referencia y contrarreferencia, entre otros.
Incumplía pagos a su red
De la misma manera, la Supersalud comprobó un reiterado incumplimiento en el pago a la red de prestadores, porque no hacía el giro oportuno de los recursos para las obligaciones causadas por concepto de servicios y tecnologías en salud.
En el aspecto financiero, el análisis de la Supersalud concluyó que Medimás no contaba con recursos líquidos para cumplir con sus obligaciones de pago tanto en el corto como en el mediano y largo plazo y, en esa medida, representaba un riesgo de crédito para las IPS.
Adicionalmente, presentó un capital de trabajo negativo, por lo que la EPS podría ver comprometida la disponibilidad de recursos para atender el pago de los pasivos a corto plazo, llegándose a materializar un riesgo de liquidez y operacional.
Con esta decisión, ya son 11 los departamentos del país donde Medimás no podrá operar, toda vez que el año pasado la Superintendencia la había cobijado con una revocatoria parcial de funcionamiento para Cesar, Sucre y Chocó.
El Superintendente Aristizábal Ángel señaló que mientras se realiza el traslado efectivo de todos los afiliados en esos departamentos, Medimás está obligada a garantizar la prestación de los servicios de salud en condiciones de oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad; así como el pago de las obligaciones con los prestadores y demás proveedores de dichos departamentos.
Adicionalmente, a partir de la fecha en que se haga efectivo el traslado de los afiliados, la EPS deberá interrumpir de manera inmediata las actividades de afiliación y prestación de servicios como Empresa Promotora de Salud en las circunscripciones territoriales mencionadas.
En los 10 días siguientes a la notificación de esta medida, Medimás deberá presentar ante la Superintendencia Nacional de Salud un cronograma a ser ejecutado en un término no superior a tres meses con las actividades para conciliar, depurar y pagar la cartera con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas y con los proveedores de servicios y tecnologías en salud.