Compartir:

 Jaime Lombana, abogado del empresario Julio Gerlein, le dijo a EL HERALDO que asuntos como la plata que le giraba este a la excongresista fugitiva Aida Merlano y la relación 'cercana' entre ambos serán expuestos en el juicio que se le sigue a su cliente por el escándalo de la compra de votos en la Casa Blanca.

Frente a los señalamientos que se ventilan en la apelación a la condena reciente de 15 años contra la barranquillera, presentada ante la Corte Suprema por el abogado Bladimir Cuadro y conocida por este diario, en la que se indica que Gerlein asistía a la sede política y lideraba las acciones proselitistas de Merlano, Lombana señala: 'La sentencia a la señora Merlano fue desproporcionada. Pero Julio Gerlein nunca tuvo ese liderazgo, y en el juicio lo demostraré. (...) Cualquiera puede entrar a una sede de campaña, máxime si se es amigo o cercano a una candidata. Es más, podemos demostrar entradas a otras sedes de candidatos opuestos, y eso nunca significa ser el jefe de una organización electoral'.

Sobre los giros del empresario a la excongresista, que según la Fiscalía se acercan a $11 mil millones, el abogado asegura que 'no hubo giros a la campaña. Se están confundiendo roles, y ahora quieren responsabilizar a mi representado por algo que nunca ha hecho'.

Finalmente, manifestó el jurista: 'Se está atacando un apellido honorable, a unos hermanos Julio y Roberto –exsenador conservador–, que han trabajado y han producido muchos empleos en Colombia, y se les ataca sin fundamento alguno'.

Entre tanto, el abogado Cuadro pidió la absolución de Merlano por considerar que no se probaron los señalamientos de que la compra de votos funcionaba desde 2014, porque la excongresista 'no dirigió' la denominada organización criminal, por lo 'desproporcionado' de la pena y por la violación de garantías como la 'premura' de la condena y el hecho de que la fugitiva ya no sería aforada.

'(...) Lo mínimo que se puede precisar es que ella no era quien tenía el control del grupo político, pues dependía de terceras personas, quienes decidían quién debía postularse para los cargos de elección popular y financiaban los mismos, es decir, ella era un miembro más de la supuesta organización criminal, no así quien la encabezaba', se lee.

Y agrega: 'Se puede afirmar que, si no era ella, era otro el candidato(a) a las curules, es decir, ella era sustituible dentro de la organización electoral'.