El senador caleño Alexander López, del Polo Democrático, demandó este miércoles ante la Corte Constitucional el artículo 313 del Plan Nacional de Desarrollo, PND, que establece el cobro de $4 por cada kilovatio de energía que consuman los estratos 4, 5 y 6, o la denominada solución de la crisis de energía eléctrica en el Caribe.
Para el segundo vicepresidente de la cámara alta el presidente Iván Duque no podía crear impuestos a través del PND.
'El cobro de $4 por kilovatio de energía para los estratos 4, 5 y 6 y las entidades no reguladas viola el artículo 359 de la Constitución Política de Colombia, por ser un impuesto y no una tasa, porque en este caso, el contribuyente no recibe contraprestación alguna, no recibe ningún beneficio y su pago no es opcional o discrecional: es obligatorio', advirtió el parlamentario opositor a través de un comunicado.
Agregó López Maya que la disposición del Plan de Desarrollo vulnera la Carta Política 'porque este impuesto no está destinado a la inversión social o a cubrir un gasto público social, sino que está destinado a subsidiar financieramente al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios, que a su vez financia y soporta tres empresas: Electricaribe, Emcartago y Electrolima, que han sido tomadas en posesión por su negligencia, ineficacia y por ser el centro de corrupción'.
En resumidas cuentas, critica el senador vallecaucano, se está legislando para 'tapar la corrupción de la multinacional española Unión Fenosa, que supera los $4 billones, dinero que le usurparon al patrimonio público'.
El hecho que Electricaribe esté en posesión de la Superservicios, aseveró, 'no le quita su calidad de empresa privada y, por ende, solicitar a la ciudadanía que pague un impuesto para financiarla es consolidar al Estado como un intermediario de auxilios de empresas corruptas e inoperables'.
Finalmente, el legislador del Polo dice que el alto tribunal debe declarar inexequible este aparte del PND por el hecho que 'la Super ejercerá las actividades de inspección, vigilancia y control de su propia resolución, lo cual resulta incoherente al permitirse que una entidad vigile y controle sus propios actos administrativos en el marco de este desarrollo normativo. No es idóneo, no garantiza transparencia y se puede prestar para nuevos hechos de corrupción'.
Se trata de la cuarta demanda contra el capítulo de Electricaribe en el Plan de Desarrollo, luego de la truncada demanda de la Defensoría del Pueblo; de la demanda presentada por Ricardo Restrepo, representante de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica, Acolgen, que fue admitida y de la demanda interpuesta por Andrés de Zubiría Samper, que fue rechazada.