Compartir:

Un día después de que se cumpliera la audiencia de pérdida de investidura contra el expresidente y senador Álvaro Uribe, el Consejo de Estado decidió mantener la curul del líder natural del Centro Democrático, al considerar que no estaba impedido para participar en los debates de las objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP.

El alto tribunal de lo contencioso administrativo avaló la ponencia del magistrado Carlos Moreno, en la que se lee que el impedimento de Uribe se presentó el 7 de noviembre de 2017, cuando se debatía la Ley Estatutaria de la JEP, y luego la Corte Constitucional, en la sentencia C-674 de 2017, decidió excluir a los expresidentes de la JEP y mantuvo esta competencia la Comisión de Acusaciones de la Cámara De Representantes, por lo que no habría impedimento para el senador del Centro Democrático en el trámite de las objeciones.

Por ello, la plenaria del Senado, durante el debate de las objeciones del 29 de abril pasado, decidió remover el impedimento de Uribe aceptado en 2017 durante el trámite de la estatutaria, debido a que en el proyecto ya no existía un artículo sobre los exmandatarios.

'Se constató que el senador Uribe no participó en la discusión del referido proyecto de ley estatutaria sin haber manifestado su impedimento para hacerlo, ni tampoco estando impedido para el efecto', concluyó la alta corte.