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La Corte Constitucional avaló la donación de órganos y tejidos de fetos abortados, que se usan para el tratamiento de enfermedades como el cáncer de seno, el párkinson, la diabetes, entre otras.

El alto tribunal defensor de la Carta Magna tumbó una norma que establecía la prohibición y le dio la razón a una demanda de dos investigadoras de salud pública de la Universidad de los Andes, que pedían que se declarara inconstitucional un aparte de la Ley 1805 del 2016, más conocida como la Ley de donación de órganos, que advierte que 'no pueden ser donados ni utilizados órganos o tejidos de los niños no nacidos abortados'.

Las investigadoras señalaron en la demanda que la prohibición vulnera los derechos a la salud, la igualdad y sexuales y reproductivos.

La Corte consideró como regresiva la restricción impuesta por el Congreso y de autoría de la senadora sucreña María del Rosario Guerra, del Centro Democrático, quien argumentó que la prohibición se interpuso para evitar que la donación estimulara la práctica de abortos para comercializar los órganos y tejidos.