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El Juzgado 18 Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá anunció sentido de fallo condenatorio en contra de Claudia Maritza Castiblanco Parra, tras hallarla responsable del delito de trata de personas.

La Fiscalía demostró que en enero de 2014, la víctima, perteneciente a la comunidad indígena Carapana, fue captada en el municipio de Mitú (Vaupés), bajo la supuesta oferta de trabajo de servicio doméstico en la casa de Castiblanco Parra, en Bogotá. A la joven le indicaron que la señora pagaría sus pasajes para trasladarla a la capital y por ello decidió viajar.

Según la investigación, la víctima permaneció durante mes y una semana en la casa de la hoy condenada, con fines de explotación en servidumbre, pues durante esa temporada tuvo que atender las labores domésticas sobrepasando la jornada laboral permitida, debía realizar oficios extenuantes y sin descanso. Además, no le permitían salir de la casa, la dejaban bajo llave cuando quedaba sola y las comunicaciones con su familia eran restringidas.

También se evidenció que la joven no recibió ningún tipo de contraprestación por sus labores, por el contrario, fue advertida de que no recibiría salario porque debía pagar con su trabajo los pasajes de Mitú hacia Bogotá. Por otra parte, pese a su previo estado de embarazo no fue afiliada a seguridad social.

Finalmente, la familia pudo comunicarse con la joven, quien les narró los abusos de los que era objeto. Ante la situación, trataron de hablar con la empleadora, pero ella no atendió sus llamadas. Luego, Castiblanco Parra le dijo a la víctima que se marchara y la dejó a su suerte sin dinero en Bogotá, ciudad que para ella era desconocida ya que nunca había salido de Mitú.