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El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la ley 1917 que reglamenta el pago de, mínimo tres salarios legales, a los médicos especialistas residentes.

'Dentro del marco de la relación docencia-servicio mediará el contrato de práctica formativa del residente, como una firma especial de contratación cuya finalidad es la formación de médicos especialistas en programas medico quirúrgicos, mediante el cual el residente se obliga a prestar por el tiempo de duración del programa académico, un servicio personal (...) a cambio de lo cual recibe de la institución prestadora de servicios de salud, una remuneración que constituye un apoyo de sostenimiento educativo mensual, así como las condiciones, medios y recursos requeridos para el desarrollo formativo', dice la ley.

Hasta este viernes los médicos en Colombia que recibían formación especialista en cualquier campo de la medicina no recibían ningún tipo de remuneración durante el tiempo de la formación académica.

La ley también contempla sanciones que van desde el pago de 50 a 500 salarios mínimos mensuales vigentes a las entidades públicas o privadas que no cumplan con el pago a los residentes, o no les brinde condiciones idóneas para realizar su práctica.

'Salvo en los casos de emergencia establecidos en la norma para las instituciones prestadoras de servicio de salud, la dedicación del residente en las instituciones prestadoras del servicio de salud, públicas y privadas, no podrá superar las 12 horas por turno y las 66 horas por semana, las cuales para todos los efectos deberán incluir las actividades académicas, de prestación de servicios de salud e investigativas', agrega el documento.

Este jueves el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, escribió en Twitter : 'hace un rato firmé la Ley de residentes. Felicitaciones a sus promotores y a los médicos especialistas. Celebro la unión del sector en torno a una causa justa'.