Tras conocer el caso de un hombre que fue condenado por inasistencia alimentaria, pero absuelto en segunda instancia bajo la figura de justa causa con el argumento de que no tenía un empleo para responder por la cuota a su hija, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo un llamado para que no haya beneficios para esos padres que dicen no tener empleo, pero sí tienen propiedades a su nombre con las que pueden cumplir cuando enfrentan procesos por ese delito.
El alto tribunal Corte encontró que las autoridades judiciales no tuvieron en cuenta que el hombre tenía a su nombre tres propiedades con las que podía responder y responder por su hijo.
La Corte consideró la la conducta agravada porque si bien el patrimonio no es líquido, tampoco manifestó su intención de venderlo para cumplir con su obligación, hecho que indiscutiblemente debe ser tenido en cuenta por los jueces para emitir condenas por este delito cuando se trate de menores de edad.
Para la Corte 'quien tiene bienes inmuebles es porque tiene capacidad económica para adquirirlos' así demuestre que no tiene un empleo para responder por sus obligaciones.