Compartir:

El Tribunal Superior de Bogotá deberá estudiar la petición de libertad transitoria del coronel Publio Hernán Mejía Gutiérrez, quien pide acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Así lo decidió la Corte Suprema de Justicia tras plantearse un conflicto de competencias entre el Tribunal y el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, que condenó al militar a 19 años y 6 meses de prisión por sus nexos con los grupos paramilitares de Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, y por ejecuciones extrajudiciales.

Aunque inicialmente el Tribunal había enviado el caso al Juzgado este fue devuelto argumentando que es allí donde se estudia la apelación de la condena impuesta al oficial por el delito de concierto para delinquir agravado, por hechos ocurridos entre 2002 y 2003, cuando se desempeñó como comandante del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, con sede en Valledupar.

La Corte acogió ese argumento del juzgado y entonces será el Tribunal el que, ahora sí, resuelva si se cumplen los requisitos para que el coronel Mejía quede en libertad o no por virtud de la ley de amnistía.

'(…) compete a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá resolver la solicitud de concesión de la libertad transitoria condicionada y anticipada elevada por Publio Hernán Mejía Gutiérrez, toda vez que los magistrados que la componen son los funcionarios que están conociendo de la causa, en razón del recurso de apelación que se interpuso contra la sentencia condenatoria', dice el auto de la Corte Suprema del pasado 16 de agosto.