La Corte Constitucional admitió para su estudio una demanda en contra del artículo del Código Penal que tipifica como delito la inasistencia alimentaria.
La demanda presentada por el ciudadano Juan Felipe Cardozo señala que 'resulta exagerada y ante todo inoficiosa la medida de otorgar prisión a aquellas personas que no han logrado suplir con la cuota alimentaria, ya que el individuo al estar recluido en un centro carcelario no podrá trabajar, ni responder con sus deberes'.
También señaló que tipificar la inasistencia alimentaria dificulta la reparación adecuada de las víctimas.
La demanda fue aceptada por el despacho de la magistrada Cristina Pardo, quien solicitó concepto sobre el tema a varias universidades, el Consejo Superior de Política Criminal, a Women’s Link Worldwide, a Sisma Mujer, entre otras organizaciones.