Luego de que el Congreso de la República aprobara el pasado jueves el proyecto de ley de la marihuana medicinal, con 84 votos a favor y cuatro en contra, al que solo le resta la conciliación entre las cámaras legislativas y la sanción presidencial, su autor, el senador liberal Juan Manuel Galán explicó a EL HERALDO varios de los asuntos que deberán abordarse al momento de las reglamentaciones en materia de cultivo, producción y comercialización del cannabis para usos terapéuticos.
La ley, que en menos de un mes entraría en vigencia, viene precedida de un decreto presidencial al respecto. No obstante, se sabe, ya con fuerza de ley, que un gobierno futuro no podrá desestimar la disposición.
La puja entre Galán y sectores del Congreso que no veían inicialmente con buenos ojos la iniciativa, como el uribismo y los conservadores, finalmente se resolvió con amplia mayoría en medio de una serie de debates en los que primó la evidencia científica y médica sobre cuestiones culturales, morales o políticas.
¿Cómo son estos medicamentos, son cremas, pastillas, gotas, para inhalar, para fumar?
Hay varias modalidades. Yo conocí la experiencia de Colorado (Estados Unidos), donde los dispensarios venden varias modalidades de comidas, sobre todo galletas, ‘brownies’, a base de marihuana, pero también hay gotas que se extraen de la planta y se mezclan con aceite de oliva y otros aceites para ser administradas debajo de la lengua. También hay ungüentos, parches cutáneos, cremas, la posibilidad de vaporizar resinas a base de marihuana o la marihuana misma; hay también gomitas, bebidas hidratantes a base de marihuana. De manera que son muchas las modalidades de consumo con fines medicinales.
¿Qué debe hacer la persona que quiera cultivar, fabricar o vender?
Necesita unas licencias reguladas por los ministerios de Salud, de Justicia, y de Agricultura; el ICA, el Invima y Colciencias. Todas estas instituciones intervienen en el proceso de regulación. Se cobrará una tarifa por esa licencia y deben cumplir unos requisitos que son bastante rigurosos para adquirir la licencia y de esa manera poder tener, eventualmente, un cultivo, tener la posibilidad de transformar esos productos, de importar semillas y más adelante posiblemente de exportar.
¿Ya se tiene reglamentado el número de hectáreas que se pueden cultivar?
Eso aún no está reglamentado, porque, además, Colombia tiene asignado un cupo, de acuerdo con las convenciones internacionales de Naciones Unidas y de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, JIFE, que asigna un cupo por país, y Colombia debe adelantar un proceso de negociación con la JIFE y solicitar la asignación de un nuevo cupo para, de esa manera, teniendo en cuenta que el país tiene 48 millones de habitantes y que ha aprobado un marco de regulación para el consumo de marihuana medicinal, poder empezar a aprobar las licencias con esos cupos de cultivo –actualmente cualquier ciudadano en el país puede cultivar hasta 20 plantas de marihuana en su casa– y con esas posibilidades de distribución, transformación, transporte, exportación e importación de semillas.
¿Qué pasará con los cultivos de marihuana existentes?
Tendrán que regularse, legalizarse y entrar en el régimen de licencias. Nosotros incluimos unas disposiciones en el proyecto de ley que tienen que ver con estimular y proteger de manera especial a los cultivadores pequeños y medianos productores para que reciban incentivos y protección por parte del Estado, con el fin de que puedan cultivar marihuana con fines medicinales y desarrollar productos de este tipo.
¿Quiénes podrán recetar estos productos de marihuana?, ¿hay especialidades médicas específicas o los pacientes mismos podrán solicitar estos medicamentos?
Por eso la importancia de capacitar masivamente a los médicos, no solo internistas y generales, sino a todos los especialistas. La fórmula que se usa en Colorado, que es el estado (de Estados Unidos) que más tiempo lleva regulando la marihuana medicinal –hace 16 años– es que allí no se maneja como prescripción, sino como recomendación. Es decir, el médico no prescribe la marihuana sino que recomienda la marihuana para una patología o un dolor crónico del paciente y de esa manera el paciente accede a la sustancia. Y en Colorado para poder comprar marihuana medicinal hay que tener una tarjeta roja, que la expide el médico, y esa tarjeta contiene los datos del paciente, la patología, el diagnóstico, la marihuana que se recomienda consumir, qué variedad, en qué dosis. De esa manera el paciente, con esa tarjeta, se acerca a un dispensario, presenta su cédula y le venden lo que le recomendó el médico. Es decir, la persona no puede llegar y hacer un mercado de marihuana en un dispensario. Eso requiere un seguimiento y acompañamiento médico para una patología equis o ye.
¿Cómo queda el tema de la marihuana para uso recreativo?
No tiene ninguna relación con la marihuana para fines médicos. El tema de la dosis mínima, la jurisprudencia de la Corte, el Estatuto de Estupefacientes, se mantienen vigentes en esas materias, pero quien sea beneficiario de una licencia para cultivar, producir, transformar, exportar e importar semillas no puede usar esa licencia para marihuana recreativa, y si lo hace pierde la licencia, se expone a unas multas muy altas que se disponen en la ley y, además, se expone a un enjuiciamiento criminal porque en Colombia está prohibida la comercialización de esta sustancia para usos recreativos.
¿Cree que esta ley cierra la brecha de la legalización de la marihuana?
A mí no me gusta la palabra legalización, porque es sinónimo de libertad, como que algo que estaba prohibido ahora está permitido, por eso hablamos de regulación: que el Estado entre a ejercer control, soberanía sobre una sustancia y ya no los narcotraficantes y criminales. Que se cobren impuestos, que se haga control de calidad, un seguimiento a la recomendación médica y no una cosa para que quien quiera cultive, venda y compre, porque de eso no se trata la ley.
Abecé de la nueva ley
•Los beneficiarios de la ley serán los pacientes con enfermedades crónicas y/o terminales que quieran acceder a los medicamentos extraídos del cannabis.
•Los pacientes tendrán acceso a los medicamentos derivados del cannabis, en condiciones de igualdad, calidad y seguridad.
•Los pacientes van a acceder a un medicamento desarrollado científicamente, avalado por especialistas de la salud, rompiendo así el lazo con la ilegalidad.
•Las instituciones del Estado que harán parte del proceso de regulación serán los ministerios de Justicia y del Derecho; Salud y Protección Social y Agricultura y Desarrollo Rural.
•Los medicamentos extraídos del cannabis no generarán ningún impuesto a los ciudadanos.
•En coordinación con el Ministerio de Educación se desarrollará un programa nacional de prevención del consumo de sustancias psicoactivas en la comunidad educativa.
•Se reglamenta el acceso del medicamento para menores de edad siempre que haya consentimiento de los padres de familia. El Estado protegerá a los pequeños y medianos productores y cultivadores.
•Se promoverá una política de sustitución de cultivos ilícitos por cannabis medicinal como una opción para el campo colombiano.
Cultivos y consumidores de marihuana en Colombia
De acuerdo con informes del Centro de Estudios Estratégicos contra el Narcotráfico de la Policía, en 2015 en Colombia había alrededor de 600 hectáreas cultivadas de marihuana; mientras que existían 69 mil hectáreas de coca sembradas.
La extinta Dirección Nacional de Estupefacientes, liquidada a finales de 2011, reportaba entonces que se cultivaban en el país 122.500 hectáreas de coca y 5.000 hectáreas de cannabis.
En cuanto al consumo, en 2014 el Observatorio de Drogas de Colombia, ODC, adscrito al Ministerio de Justicia, indicó que el 87% de los consumidores de drogas ilícitas en el país son consumidores de marihuana.
Ese mismo observatorio registraba el monitoreo de cultivos de marihuana en los departamentos de Cauca, Magdalena y Tolima, reportando que la totalidad de hectáreas sembradas se acercaba a 600 en el 2008, y se reducía a la mitad en 2009.
No obstante, de acuerdo con el Ministerio de Defensa, de 2003 a 2013 la incautación de marihuana se incrementó en 323 por ciento, al pasar de 126 a 407 toneladas.
Según documentos de 2014 de la Unidad de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, UNODC, la marihuana es la droga ilícita más consumida en el país, y en los últimos cinco años su consumo se ha duplicado hasta llegar al 15,2 por ciento de la población.
Explica sin embargo el ODC que en el país 'el cultivo de marihuana tuvo su auge para la exportación hasta comienzos de la década de los ochenta, cuando fue objeto de un programa de erradicación y aunque el cultivo sobrevive este se destina fundamentalmente a atender la demanda interna'.
Entre tanto, informes del Ministerio de Defensa, de mediados del año pasado, indican que Cauca y Meta son los departamentos de mayor producción de marihuana en el país y que el consumo está dirigido a Villavicencio, Medellín, Armenia, Manizales y Cali.
Por su parte, el Ministerio de Salud reportó, por esa misma fecha, que en el país había 762 mil consumidores de marihuana.