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Por considerarlo improcedente, el Tribunal Superior de Bogotá negó el habeas corpus interpuesto por Alejandro Cárdenas Orozco, alias JJ, con el cual pretendía que la justicia lo liberara luego de que fuera capturado por orden de una Fiscalía Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 'JJ' es procesado por su presunta responsabilidad en las agresiones sexuales y el secuestro de la periodista Jineth Bedoya.

La determinación del magistrado Jorge Enrique Vallejo Jaramillo, de la Sala Penal de este juez colegiado, precisa que el 'reclamo constitucional resulta improcedente, como quiera que Alejandro Cárdenas Orozco se encuentra privado de la libertad' por efecto de una orden de captura emitida por una autoridad competente, que decretó el pasado 4 de junio la nulidad de su propia orden en la que había decidido la nulidad de lo actuado desde el 22 de febrero del 2013 en el proceso que se adelanta contra Cárdenas por su presunta responsabilidad en las agresiones sexuales y el secuestro de la periodista Jineth Bedoya el 25 de mayo del año 2000.

La decisión de nulidad del pasado 4 de junio, que provocó la captura de alias JJ, 'obedece a la autonomía orgánica y funcional de que goza la Fiscalía General de la Nación, siendo la única que puede ejercer la acción penal, adelantando la investigación y acusación de los infractores de las normas punitivas', explica la determinación del Tribunal.

En este caso, dice el fallo, resulta evidente que el actor se encuentra 'privado de la libertad por virtud de una decisión judicial válidamente proferida dentro de la indagación que se adelanta por la presunta comisión de los delitos de secuestro simple cometido en circunstancias de agravación, en conexidad con tortura y en concurso material y heterogéneo con el acceso carnal violento' del que fuera víctima Bedoya.

Asimismo, se le recordó a Cárdenas que la ausencia de notificación de la decisión que decretó la nulidad de la preclusión de la indagación no convierte su aprehensión en ilegal.