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 El procurador Alejandro Ordóñez pidió a la Corte Constitucional que anule el fallo que emitió el pasado febrero, cuando señaló que las parejas homosexuales pueden adoptar en caso de que el menor sea hijo biológico de uno de los dos, informó la institución.

Ordóñez explicó en un comunicado que la sentencia 'incurre en graves vicios procesales y en la violación directa de la Constitución por omitir un pronunciamiento sobre el interés superior del niño', y que además presenta varias contradicciones.

El funcionario aduce que los magistrados no nombraron a un conjuez para el proceso, lo que 'implicó un vicio sustancial' y que el entonces presidente de la corporación, Luis Ernesto Vargas Silva, reveló ante medios de comunicación su postura en este caso, con lo que incurrió en 'prejuzgamiento'.

Su voto final coincidió con la opinión mostrada ante las cámaras, por lo que para Ordóñez 'implica que personalmente el magistrado se inhabilitó'.

Además, agrega en el texto, la Corte no tuvo como guía 'el interés superior del niño'.

En cuanto a las contradicciones, el procurador sostiene que la sentencia 'al mismo tiempo que distingue entre familia y relación paterno-filial para la adopción conjunta, termina por equiparar ambos conceptos –como si fueran iguales– en el contexto de la adopción por consentimiento del hijo biológico de la pareja homosexual'.

La Corte Constitucional rechazó el pasado 18 de febrero la adopción por parejas del mismo sexo, si bien mantuvo la opción de hacerlo cuando el niño es hijo biológico de uno de los dos.

Esa decisión siguió la línea de una resolución del Constitucional en agosto de 2014, cuando aprobó la adopción de una niña por parte de una mujer que es pareja sentimental de la madre biológica.

Además, ya ha dado su visto bueno al derecho de los homosexuales a adoptar niños, pero de forma individual.