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El Gobierno anunció en un comunicado que expidió nuevas condiciones para la inscripción, actualización, suspensión y cancelación del Registro Único Tributario, RUT.

'Con estas modificaciones, a la hora de realizar la inscripción ya no será necesario presentar un recibo de servicio público. Tampoco se requerirá la firma del certificado cuando se generen copias a través de los medios electrónicos', explicó la Dian.

Además, no tendrán que cumplir con el requisito de la cuenta bancaria las personas naturales del régimen simplificado del impuesto al consumo de restaurantes y bares, del régimen simplificado del impuesto sobre las ventas y los profesionales de compra y venta de divisas en efectivo y/o cheques de viajero.

Informó también la entidad que las personas que se encuentren en el exterior, podrán solicitar la inscripción y actualización del registro a través del servicio en línea.

'Una vez implementados los ajustes al servicio en línea, los ciudadanos-contribuyentes podrán actualizar todos los datos de ubicación', indicó la Dian.

El RUT es el mecanismo para identificar a personas y entidades contribuyentes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes de ingresos y patrimonio; los responsables del régimen común y los del simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y demás obligaciones ante la Dian.