La Sala Séptima de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme el matrimonio civil entre Adriana González y Sandra Rojas, celebrado el pasado 4 de octubre en el Juzgado 44 Civil de Bogotá.
El procurador judicial II delegado para asuntos civiles había interpuesto una acción de tutela, coadyuvada por la Fundación Marido y Mujer, para que se anulara dicha boda, debido a que se usó la expresión de 'matrimonio'. Según la Procuraduría y la fundación la utilización de esa expresión sería violatoria de la Constitución Nacional, que solo reconoce al matrimonio como 'la unión de un hombre y una mujer'.
La tutela fue acogida por el Juzgado 44 Civil del Circuito de Bogotá el 16 de octubre y ordenó la nulidad del acto.
Esta decisión fue impugnada por la organización de activistas Colombia Diversa al considerar que el mecanismo de la tutela no se debe usar para anular matrimonios.
Finalmente, en fallo del 29 de octubre el Tribunal Superior de Bogotá, con ponencia del magistrado Manuel Zamudio, consideró que no es viable la protección constitucional que reclama el procurador, debido a que por un lado 'carece de legitimación y, por el otro, en caso de la nulidad, existen otros mecanismos de defensa judicial'.
El fallo se da casi con los mismos argumentos expuestos el pasado 23 de octubre, cuando el Tribunal de Bogotá también dejó en firme un matrimonio homosexual celebrado por el Juzgado 48 Civil de Bogotá y, posteriormente, entutelado por la Procuraduría.
Este matrimonio fue anulado por el Juzgado 39 Civil de Bogotá, pero la decisión fue impugnada por Colombia Diversa, que finalmente ganó la batalla.