La Alcaldía de Santa Marta adoptó medidas especiales para las fiestas del nuevo año, una de ellas el regreso del pico y cédula para la realización de trámitesnde diferente índole. Las medidas estará vigentes desde el 31 de diciembre hasta el 16 de enero del 2021.
El acto administrativo de la Alcaldía determinó implementar la ley seca, por lo que se prohíbe el expendio y consumo en sitios públicos de bebidas alcohólicas y embriagantes a partir de las 10:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, de los días de vigencia del decreto.
En ese horario también queda prohibida la venta de licores a domicilio. Además, queda expresamente prohibido el consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en espacios públicos, en los estancos, estanquillos, tiendas y establecimientos no autorizados.
Pico y cédula
De igual manera se aplicará nuevamente el pico y cédula para nacionales y extranjeros a partir del día 31 de diciembre de 2020 y hasta el 16 de enero de 2021, de acuerdo al último dígito de la cédula, documento de identidad o pasaporte.
Esto rige para trámites bancarios, notarías, pago se servicios e ingreso a centros comerciales. Los restaurantes quedan exentos de la medida.
Se exceptúan de esta medida los acompañantes de las personas que requieren asistencia, tales como los adultos mayores, personas con alguna discapacidad, los trámites que requieran sean llevados a cabo simultáneamente por más de una persona y el personal que presta servicios en el sector salud.
La Alcaldía recomienda a los establecimientos financieros y bancarios, los servicios de notarías y centros comerciales, supermercados, supertiendas y tiendas de cadena ampliar sus horarios con el fin de evitar aglomeraciones.
El decreto prohíbe expresamente el cierre de vías públicas, tales como calles, callejones y similares, para realizar fiestas o reuniones sociales, así como el uso de los pick up en lugares públicos.
De igual manera, con el fin de prevenir y controlar el contagio y mitigar sus efectos en todo el territorio rural y urbano del quedan prohibidos los eventos y/o conciertos privados, fiestas o eventos sociales y celebraciones de carácter público, privados o clandestinos.