Ante la decisión de la Presidencia de la República de terminar la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus, impuesta desde el pasado 25 de marzo en el territorio nacional, para pasar a una nueva fase de aislamiento selectivo, que irá inicialmente hasta el 30 de septiembre, la Alcaldía Municipal de Ciénaga, Magdalena, emitió el decreto 245 del 31 de agosto del 2020.
Este acto administrativo busca establecer medidas de prevención y mitigación del riesgo, con ocasión de la situación epidemiológica causado por la COVID-19, que ha cobrado la vida de 150 personas en Ciénaga, de los 1.446 contagios confirmados en el municipio, donde se han recuperado 1.159 pacientes, quedando solamente 137 casos activos.
De acuerdo con el decreto, se prohíbe en Ciénaga el consumo de bebidas embriagantes las veinticuatro horas, en las playas, espacios abiertos, espacios públicos, parques, el malecón, canchas deportivas, centros recreativos, puntos fríos, billares, mercado público, tiendas de barrios y todos los demás establecimientos comerciales a partir a partir de las 00:00 a. m. del día 1 de septiembre, hasta las 00:00 a. m. del primero de octubre, no obstante, se autoriza el expendio de bebidas embriagantes solamente para el consumo en espacios privados.
Igualmente, esta ordenanza continúa con la implementación de un pico-cédula día par e impar obligatorio para actividades comerciales esenciales, no esenciales y bancarias, para evitar aglomeraciones en el mercado público, supermercados, minimercados y graneros, Entidades Bancarias o financieras, empresas operadoras de pagos de envíos y recibo de giros, casa de cambios y demás comercios de actividades esenciales y no esenciales habilitados para ofrecer sus servicios al público.
Los horarios de atención quedaron estipulados, de lunes a sábados desde las7:00 a. m. hasta las 7:00 p. m., mientras que los domingos será de 7:00 a. m. a 4:00 p. m. Así mismo, la atención al público se realizará de acuerdo al último digito de la cedula, personas con cedulas terminadas en números pares se atienden los días pares y las personas con cédulas terminadas en números impares se atienden en días impares.
Por su parte, las entidades Bancarias y financieras, atenderán de acuerdo al horario establecido por cada una de estas y la atención al público se realizará en conformidad al pico-cedula establecido, disponiendo cada uno de estos establecimientos los elementos de desinfección manuales tales como gel o desinfectantes y además vigilarán que las personas al ingresar cubran boca y nariz con el uso obligatorio de tapabocas o mascarillas, elementos que son de uso obligatorio al salir de casa.
Según la Alcaldía, las personas en la jurisdicción del municipio de Ciénaga deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad y autocuidado, así como guardar el conveniente distanciamiento físico individual responsable en el espacio público, para la disminución de la propagación de la COVID-19.
En cuanto a las medidas de bioseguridad, los establecimientos comerciales solamente podrán tener un aforo máximo del 25% de la capacidad del local, a los que sólo podrá ingresar una persona por cada seis metros cuadrados, respetando el distanciamiento social de 2 metros para ingresar al establecimiento, el cual deberá estar demarcado de manera visible en la parte exterior del mismo, además, a los visitantes y empleados se les deberá tomar la temperatura en la entrada del establecimiento comercial.
Los que abren y los que no
El decreto 245 autoriza la apertura de restaurantes entre las 7:00 a. m. y las 4:00 p. m., locales de venta de comidas rápidas de las 4:00 p. m. a las 9:00 p. m. y gimnasios legalmente constituidos entre las 5:00 a. m. y las 7:00 p.m. durante su vigencia, observando las medidas de bioseguridad y el pico-cédula par e impar, como lo deberán cumplir en casinos, bingos y terminales de juego, negocios que podrán abrir entre las 9:00 a. m. y las 6:00 p. m.
A partir del primero de septiembre, también se autoriza la apertura de Iglesias y cultos religiosos, que recibirán a los asistentes los días lunes, miércoles, viernes y domingos con la celebración de dos ceremonias, una de 7:00 a 8:00 a. m. y otra de 6:00 a 7:00 p.m., con el aforo máximo autorizado del 25% de la capacidad del recinto, donde los asistentes deberán utilizar tapabocas obligatoriamente, guardando el distanciamiento físico mínimo de 2 metros entre personas.
Entre tanto, este acto administrativo continúa con la prohibición en el municipio de Ciénaga, para eventos de carácter público o privado que impliquen la aglomeración de personas, bares, discotecas, lugares de baile, y estaderos.
La Alcaldía aclaró, que en caso de presentarse una variación negativa en el comportamiento de la propagación del coronavirus, la Secretaria de Gobierno conjuntamente con la Secretaria de Salud y Desarrollo Social, remitirán al Ministerio del Interior un informe de la situación epidemiológica del municipio y de ser necesario solicitará autorización, para ordenar el cierre de actividades comerciales, restricciones, o modificación de horarios para prevenir contagios.