La Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación ordenó devolver a la etapa de calificación, el proceso contra el exalcalde de Santa Marta, Carlos Eduardo Caicedo Omar (2012 - 2015), y del exgerente de Proyectos de Infraestructura del Distrito de Santa Marta, Efraín de Jesús Vargas Carvacho, por presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción de cuatro pozos profundos, el cual le produjo una inhabilidad de 12 años para ejercer cargos públicos.
La Sala encontró que en el auto de cargos y el fallo de primera instancia se imputó la vulneración de reglas que no eran aplicables al contrato celebrado.
Señala el informe jurídico que al verificar la Procuraduría que este proceso disciplinario se encuentra inequívocamente viciado de nulidad por un error sustancial en la tipicidad, la colegiatura 'no tiene alternativa diferente a reconocerla'.
'Por consiguiente, deberá abstenerse de estudiar las categorías de ilicitud sustancial y culpabilidad de la falta disciplinaria reprochada por la procuraduría, y en ese orden de ideas se eximirá de estudiar los recursos de apelación interpuestos contra el fallo sancionatorio de primera instancia emitido el 26 de marzo de 2019, por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública, a través del cual fueron sancionados Carlos Eduardo Caicedo Omar y Efraín de Jesús Vargas Corvacho', concluyó la sala.
Con esta decisión la sala disciplinaria del organismo de control - según el concepto jurídico - tumbó totalmente la inhabilidad decretada al hoy Gobernador del Magdalena.
Caicedo Omar fue inhabilitado en primera instancia por 12 años para ejercer cargos públicos el pasado 3 de abril del 2019, luego que se encontrara presuntamente responsable por una serie de irregularidades encontradas en la construcción de varios pozos de agua para Santa Marta.