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En atención al Decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1537 de 2020, la cual da la posibilidad a los municipios de aumentar la capacidad en sus Sistemas Integrados de Transporte Masivo.

Las administraciones locales deberán, en conjunto con sus Secretarías de Salud, revisar y ajustar la medida en un término de cuatro semanas siguientes a su aprobación, teniendo en cuenta las estadísticas y evolución de la pandemia COVID-19 en cada uno de sus territorios.

Los usuarios deberán procurar no hablar, cantar, atender o realizar llamadas telefónicas al interior de los vehículos, ni consumir alimentos.

También tienen que usar adecuadamente el tapabocas y continuar la desinfección permanente de estaciones, portales y buses, realizar pruebas de COVID-19 al personal de mayor contacto con los usuarios, promover la ubicación de pasajeros que tengan viajes que duren más de 29 minutos lejos de las puertas, para facilitar la salida de quienes tienen viajes cortos, y mantener los puntos de limpieza y/o desinfección al ingreso y salida de los sistemas.

'La capacidad de ocupación no puede superar el 50%. Los alcaldes deben tener en cuenta que, para autorizar el aumento de aforo de pasajeros en los sistemas, tienen que realizar un monitoreo constante del comportamiento del virus en la ciudad. El camino es reactivar, pero necesitamos el compromiso de todos', aseguró la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.