El alcalde de Barranquilla, Alejandro Char, manifestó su satisfacción por la decisión de la plenaria del Senado de aprobar en último debate el proyecto que prohíbe el consumo y el porte de drogas, incluida la dosis mínima, en parques, espacios públicos y sitios cercanos a los colegios y universidades. 'El Congreso escuchó al pueblo colombiano, nuestro clamor', dijo.
En declaraciones entregadas antes de poner en servicio las nuevas instalaciones del colegio Alejandro Obregón, en el barrio Montecristo, el mandatario de los barranquilleros dijo que el espacio público es de las familias, de los niños, no de los jíbaros ni de los consumidores.
'Nosotros en Barranquilla, que hemos basado gran parte del éxito de nuestra ciudad en esos espacios, hemos construido 180 parques, las plazas y otras obras. Entregárselas al que vende droga, al que se la consume, era echar para atrás cien años de avance', manifestó el alcalde.
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En ese sentido, dijo que estas zonas deben ser protegidas utilizadas por los niños y para el encuentro de las familias, por lo que su gobierno no permitirá el consumo de droga ni el consumo de licor en esos espacios.
El mandatario hizo énfasis en que su gobierno ha conquistado estos espacios públicos para que sean las familias los que disfruten de él, porque la sociedad barranquillera en general quiere alejarse de esos problemas que están acabando con las comunidades.
En ese sentido, explicó que los grandes problemas que tienen las ciudades de Colombia están relacionados con el microtráfico y el consumo. 'Eso conlleva a los atracos, los flagelos, las dificultades. Nosotros tenemos que cerrarle más espacios al consumidor de drogas, al que vende. Obviamente al que cayó en este flagelo hay que protegerlo, hay que abrazarlo, educarlo nuevamente y sanarlo, pero no promover más espacios para el consumo', agregó el alcalde Char.
Tras la aprobación del proyecto en la plenaria del Senado de la República, el articulado pasa ahora a conciliación con la Cámara, pero que las asambleas o consejos de administración de los conjuntos residenciales deberán regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en las zonas comunes de las propiedades horizontales.