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'El Hospital Universitario CARI E.S.E de alta complejidad no tiene a su cargo la obligación económica reclamada por la empresa Radiólogos Unión Temporal'.

Con esta decisión de primera instancia, el Juzgado 12 Civil del Circuito de Barranquilla exoneró al Hospital Cari del pago de más de $5 mil millones que reclama la empresa Radiólogos Unión Temporal, incluyendo interés de mora, por la adecuación y operación de la Unidad de Radiología e Imágenes Diagnósticas del centro asistencial, servicios que están soportados en 27 facturas.

En su decisión, el despacho acogió la tesis planteada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, según la cual las facturas presentadas como título ejecutivo fueron objeto del balance financiero definitivo para la terminación del contrato de asociación entre Radiólogos UT y el Hospital Universitario Cari.

En concepto del togado, las facturas fueron objeto de inclusión en la liquidación final que arrojó un saldo en favor del hospital y que, después de todo, se trata de una resolución (acto administrativo) que se encuentra en firme y que goza de la presunción de legalidad.

Argumentos sólidos

Con respecto a la decisión comunicada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el gerente de la entidad hospitalaria, Ulahy Beltrán, manifestó que el Cari había asumido la defensa jurídica de la institución, dentro del proceso ejecutivo iniciado ante el juzgado, fundamentado en unas facturas derivadas del contrato número 137 de 2007, el cual finalizó por declaratoria de caducidad.

De acuerdo con Beltrán, desde el inicio del proceso se planteó por parte del hospital la excepción de cobro de lo no debido, la cual fue acogida por la sentencia de agosto 16 de 2019 por parte del Juez. 'Debido a la solidez de las argumentaciones presentadas por los apoderados del Cari, después de un análisis de los hechos y razones de la demanda y la defensa, la Agencia de Defensa Jurídica decidió acompañarnos para la protección de los recursos estatales, el cual ha sido muy valioso', manifestó el funcionario.

Asimismo, sostuvo que el año pasado fue fallada, de manera favorable, por parte de la Corte Suprema de Justicia, una acción de tutela impetrada por la Agencia de Defensa, que ordenó el desembargo de los recursos debido a su carácter de 'inembargables', dentro de este mismo proceso.

'Esta decisión del Juez Doce Civil del Circuito se sustenta en que las aducidas facturas que dieron lugar al mandamiento de pago se encuentran incluidas en la resolución de liquidación unilateral, tal como se planteó por la defensa del hospital, posición también esgrimida por el apoderado de la Agencia, lo cual fue corroborado por un dictamen pericial ordenado de oficio por el juzgado', detalló Beltrán.

Concluyó que realizado el análisis financiero de las pretensiones, el Cari se 'libera', hasta ahora, de una eventual condena que, haciendo actualización, de acuerdo con un cálculo conservador de los apoderados del Cari, hubiera representado una suma cercana a los $7 mil millones.