En el concurso de méritos para la elección de los curadores urbanos 1 y 2 del Distrito de Barranquilla hay 24 aspirantes, según datos de la Superintendencia de Notariado y Registro (los nombres serán dados a conocer una vez salga la resolución).
Según lo establecido en la Ley 1796 de 2016, esta primera convocatoria pública para el concurso de méritos para curadores urbanos No. 001 de 2018, tiene como finalidad principal conformar una lista de elegibles con vigencia de tres años, para proveer las faltas temporales o absolutas en 35 ciudades y municipios del país.
Es de anotar que el pasado 31 de marzo culminó la fase de inscripción y recepción de documentos; actualmente el Departamento Administrativo de la Función Pública –DAFP– se encuentra en el proceso de verificación de requisitos mínimos.
A nivel nacional son 608 aspirantes inscritos, de los cuales aproximadamente 24 corresponden a Barranquilla, en la cual existen dos plazas que se encuentran cubiertas por curadores en provisionalidad, es decir que las mismas serían provistas de manera definitiva con la lista de elegibles del presente concurso, en el caso de que los aspirantes superen las pruebas establecidas.
Pedro Pablo Oliveros, secretario de Planeación del Distrito, explicó que desde febrero pasado, mediante los decretos 048 y 049 de febrero 4 de 2019 fueron nombrados curadores provisionales Jaime Fontanilla Martínez, en reemplazo del ingeniero Armando Guijarro, en la Curaduría Urbana No.1, y a Martha Herrera Ceballos, en la curaduría No. 2, en reemplazo de la arquitecta Lilia Margarita Amaya Nuñez.
Según la Supernotariado, el cronograma en el que se establecerán las fechas de las fases siguientes del concurso, así como la publicación de la lista de admitidos, conforme a lo dispuesto en la Adenda No. 5 de enero 28 de 2019, este se dará a conocer a través de la página web de la Superintendencia y de la DAFP.
REQUISITOS PARA SER CURADOR. Ser ciudadano colombiano en ejercicio o extranjero residente, legalmente identificado; tener título profesional en Arquitectura, Ingeniería Civil, Derecho o áreas de las ciencias sociales, económicas o administrativas; tener título de posgrado en Derecho Urbano, Urbanismo, Políticas de Suelo, Planificación Territorial, Planificación Regional o Planificación Urbana y tener matrícula, tarjeta o licencia profesional, en los casos que determine la ley.
Además, los aspirantes deben acreditar una experiencia laboral mínima de 10 años en el ejercicio de actividades de desarrollo o planificación de carácter urbano y no pueden estar incursos en alguna de las causales de inhabilidad establecidas.
LA VIGILANCIA. Es de anotar que el Ministerio de Vivienda modificó parcialmente el Decreto 1077 del 2015, único reglamentario del sector Vivienda, para reglamentar aspectos de la Ley 1796 del 2016. Por tanto, definió a la Supernotariado como la entidad encargada de ejercer control sobre las curadurías. Además, le encargó fijar las directrices para la creación del concurso de méritos público y abierto para elegir a los curadores.
Así las cosas, el alcalde municipal o distrital deberá designar a los curadores según el resultado del concurso que se adelante para la designación de los mismos dentro de su jurisdicción.
Son 28 los municipios incluidos en este concurso, entre ellos Soledad, Puerto Colombia, Valledupar, Cartagena, Montería, Santa Marta, Sincelejo, Soacha, Sogamoso, Armenia, Bogotá, Bucaramanga, Buenaventura, Buga, Envigado, Girón, Ibagué, entre otros.