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El pasado 12 de marzo, el Tribunal Superior de Bogotá tuteló los derechos fundamentales de la empresa Triple A al debido proceso y acceso a la administración de justicia, que al parecer fueron vulnerados por la Fiscalía 42 delegada ante los tribunales.

La acción penal fue adelantada en la investigación penal que realiza la Fiscalía por pagos superiores a 237 mil millones de pesos de un contrato de asistencia técnica suscrito entre Triple A e Inassa S. A. desde el año 2000 hasta el mes de octubre de 2017, que al parecer no se cumplió y cuyos desembolsos fueron suspendidos por la Procuraduría General de la Nación, conforme con las pruebas recaudadas en la 'operación acordeón'.

De acuerdo con el equipo jurídico de la empresa de agua, acueducto y alcantarillado, la tutela fue interpuesta luego de que la Fiscalía rechazara la demanda de parte civil de Triple A, presentada dentro de este proceso penal, afirmando que no era víctima porque con esos dineros benefició a su socia mayoritaria (Inassa S.A.).

La empresa Triple A consideró que ese rechazo constituyó una vía de hecho porque, según los elementos de tutela, son empresas independientes, con patrimonio propio, y esos actos, realizados al margen de la ley por sus anteriores directivos, causaron un perjuicio directo, concreto y específico a su erario social, como está demostrado en el proceso y reconoce la propia Fiscalía en distintos fallos.

'Estas son las pruebas que permitieron determinar la cuantía de los recursos esquilmados, la modalidad de la defraudación y la individualización e identificación de las personas involucradas en los delitos de concierto para delinquir agravado y enriquecimiento ilícito de particular', señala el fallo.

'La Fiscalía consideró el acrecimiento patrimonial de los sindicados, pero en forma contradictoria ignoró el perjuicio directo a su patrimonio. De esta manera, la Fiscalía 5ª adscrita a la Unidad Anticorrupción y 42 ante el Tribunal en Bogotá incurrieron en los defectos de indebida motivación, fáctico y procedimental, entre otros. Estos perjuicios directos que reclama Triple A provienen de las tarifas que cancelan los usuarios y subsidios que recibe la empresa por la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, como aparece acreditado en la investigación', se explica en la sustentación de los derechos vulnerados, alegados por Triple A.

Sobre la tutela de la Sala Penal del Tribunal de Bogotá encontró admisible la protección invocada y la demanda de Triple A ajustada tanto a los requisitos generales como a los específicos de procedibilidad de la tutela contra la decisión judicial de rechazo, y ordenó que en el término de 5 días contados a partir de la notificación, la Fiscalía 42 de la Unidad Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitiera una nueva decisión, por cuanto el deber de motivar es una 'barrera a la arbitrariedad judicial y contribuye a garantizar la sujeción del juez al ordenamiento jurídico y el posterior control sobre la razonabilidad de la providencia'.

Distrito y Triple A impugnan decisión

El Distrito de Barranquilla, socio de Triple A, a través de su apoderado, se opuso a la tutela e impugnó la decisión, alegando la relación con Inassa.

A pesar de fallarse la tutela a favor de Triple A sus abogados impugnaron la decisión 'por cuanto la protección no cobijó todos los derechos vulnerados como tampoco las vías de hecho denunciadas', señala la impugnación.

En este sentido se espera que la Corte Suprema de Justicia se pronuncie sobre la vulneración al derecho a la igualdad, ya que la Fiscalía reconoció al Distrito de Barranquilla como parte civil, que hizo parte de la Junta Directiva durante todo ese lapso, pero rechazó la demanda de Triple A estando en idénticas situaciones; a las formas propias del juicio y haga referencia', señala la impugnación.