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La Administración Distrital expidió el decreto por medio del cual abre la convocatoria, a partir del 6 de abril, para aquellas personas que aspiren a ser nombrados alcaldes o alcaldesas locales.

El decreto cita a las Juntas Administradoras Locales, JAL, para que, en asamblea pública, procedan a la integración de las ternas que deben ser presentadas al alcalde Alejandro Char. Quienes aspiren a dichos cargos deben inscribirse en las diferentes localidades y deberán cumplir con las mismas calidades para ser Alcalde Distrital (Ver requisitos).

Según el decreto 0271 de febrero 22 de 2016, la Ley 1617 de 2013 establece que 'cada localidad tendrá un alcalde local, que será nombrado por el alcalde distrital de terna elaborada por la correspondiente Junta Administradora Local, en asamblea pública, citada por el alcalde distrital y que deberá tener quórum con no menos del 80 % de sus miembros'.

En visita a EL HERALDO, Edgardo Gómez, tesorero de la Asociación de Ediles y edil por el Partido Liberal, expresó su preocupación porque las JAL de las cinco localidades ya terminaron su período de sesiones ordinarias que estipula la ley de Distrito en su artículo 48.

'Estamos haciendo un llamado para que los mandatarios locales se pronuncien y podamos adelantar la asamblea pública', dijo Gómez, al tiempo que precisó que tienen la disponibilidad para cumplir con el decreto, pero para ello los alcaldes locales deben adoptarlo como un 'decreto local'.

Edgar Silva, presidente de la JAL Norte-Centro Histórico (Partido de la U) dijo que le preocupa lo que se rumora y es que las 'alcaldías ya tienen nombres y se están pagando favores políticos'. Por ello, sostiene que en la recepción de hojas de vida harán un 'buen filtro' para que se imponga la autonomía que les otorga la ley y evitar la 'politización' del proceso.

'Queremos que sea un proceso transparente, que todos los que quieran participar sin ninguna presión política se presenten para escoger una buena terna', anotó Silva.

LA TERNA. Para proceder a realizar la escogencia de las ternas se tendrá en cuenta la exposición que realicen los candidatos y candidatas ante la asamblea de las JAL, en relación con la propuesta a desarrollar que como autoridad local le compete sobre la gestión de los asuntos propios de su territorio y el estudio que se realice sobre su hoja de vida.

Las inscripciones se realizarán entre el 6 y el 8 de abril, luego las JAL tienen los días 11 y 12 de abril para analizar hojas de vida y documentos acreditados por los aspirantes. Los listados definitivos se publicarán el 19 de abril y el 21 de abril las JAL elaborarán las ternas que presentarán al alcalde del Distrito el próximo 25 de abril.

REQUISITOS. Según el la Ley 1617 de 2013 para ser alcalde local se debe cumplir con los mismos requisitos que el alcalde distrital: ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo Distrito o en la correspondiente área metropolitana durante 1 año anterior a la fecha de inscripción o durante un periodo mínimo de 3 años consecutivos en cualquier época.

Las inscripciones se llevarán a cabo en las siguientes direcciones: Localidad Riomar: Calle 106 No 50-64 local 26 y 27.

Localidad Suroccidente: Cra 6 No 60-128.

Localidad Suroriente: calle 23 No 5C-10.

Localidad Metropolitana: calle 54 No 10B-27

Localidad Norte-Centro Histórico: calle 34 No 43-31, segundo piso.