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El alcalde Joao Herrera, máxima autoridad del municipio de Soledad, prohibió el transporte en motocicletas de parrilleros de cualquier género durante los días del Carnaval.

La restricción se oficializó mediante el decreto 0033 expedido por Alcaldía de Soledad , el cual entró en vigencia el martes y va hasta el 10 de febrero.

De igual manera, se impide en el decreto la circulación de motocicletas, cuatrimotos y mototriciclos entre las 11 de la noche y las 5 de la mañana del día siguiente. Los infractores será sancionados con multas por 15 salaríos mínimos y además, con inmovilización del vehículo por 72 horas.

La medida, según el alcalde Joao Herrera, fue establecida con el objetivo de garantizar la seguridad de habitantes y asistentes a los diferentes eventos programados en el municipio durante celebraciones de precarnaval y Carnaval.

Herrera también prohibió la circulación de menores de edad después del horario de 11: 00 pm; 'siempre y cuando este no cuente con el acompañamiento de un adulto responsable'.

Además, se impidió el ingreso de menores de edad en casetas, bailes populares y establecimientos de comercio donde se expenda licor.

Estas son otras medidas establecidas en el decreto:

• Queda prohibido el transporte en motocicletas de parrilleros de cualquier género.

• La circulación y/o tránsito de motocicletas, cuatrimotos y moto triciclos en horario nocturno, queda prohibida de lunes a domingos en el horario comprendido de 11:00 pm a 5:00 am del día siguiente.

• Las tiendas estarán abiertas al público en su actividad comercial hasta las 11:00 pm, los billares hasta la 1:00 am, los bares, cantinas y discotecas, así como todos los bailes populares, bazares y eventos similares, hasta las 3:00 am durante los días 22, 23, 29 y 30 de enero y 5, 6,7,8,9 y 10 de Febrero.

• De acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 13 expedida el día 24 de Diciembre de 2015 por la Segunda Brigada del Ejército Nacional se prohíbe el porte de armas de fuego con salvoconducto, armas blancas o corto punzantes, armas de fogueos, contundentes o similares en la jurisdicción del municipio de Soledad.

• Están prohibidas las caravanas, cabalgatas, desfiles o similares, que no estén establecidos dentro de la programación oficial de los carnavales del municipio de Soledad.

• Está prohibida la realización de retenes por parte de particulares mediante la utilización de cuerdas o cualquier otro tipo de elementos que impidan la libre circulación de las personas o automotores en nuestro municipio.

• El mismo Decreto señala que la Policía Metropolitana de Barranquilla y el Instituto de Tránsito de Soledad serán las encargadas de velar por el cumplimiento estricto de la anterior disposición, los cuales podrán apoyarse en los Organismos de Socorro.