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El juez 11 Administrativo Oral de Barranquilla negó la nulidad de su sentencia relacionada con la notificación del cobro de la contribución de valorización.

El pasado 9 de junio, el juez Huberlando Peláez produjo una sentencia mediante el cual anula la frase que impide o prohíbe la notificación del cobro de este tributo a través de la página web o la gaceta oficial, o tirando el recibo en la puerta, pues solo es posible de manera personal.

Ante ello la defensa del Distrito interpuso un recurso de apelación y pidió que anulara todo el proceso, alegando la falta de competencia y la extemporaneidad del fallo.

El juez resolvió no dar trámite al incidente de nulidad formulado por el agente del Ministerio Público y el apoderado judicial del Distrito, al expresar que ya no era el momento del proceso para dichos argumentos. Sin embargo, concedió el recurso de apelación y lo trasladó para que sea el Tribunal Administrativo del Atlántico quien decida de fondo.