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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial dejó en firme la sanción de suspensión por 10 meses contra el abogado de dos presuntos delincuentes conocidos por los alias de Chupeta y York, quienes fueron capturados en flagrancia el 23 de octubre de 2020, cuando pretendían asaltar a un ciudadano que acababa de retirar $70 millones de una entidad financiera en Barranquilla.

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El abogado es investigado por faltar a su deber como apoderado en un proceso penal, pues cuando llegaron las audiencias de formulación de acusación contra sus clientes no apareció.

En el momento de la detención, realizada por uniformados adscritos al Grupo de Patrimonio Económico de la Sijin, a ‘Chupeta’ y ‘York’ les incautaron un arma de fuego tipo revólver calibre 22 y 5 cartuchos de munición, los cuales portaban al momento de ser interceptados en la carrera 2 con calle 34D del barrio Galán.

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Por estos hechos fueron puestos a disposición de la autoridad competente por fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

“Debido a su prontuario, que en el momento del operativo reportaba 15 anotaciones judiciales, ambos permanecieron detenidos, siendo fijadas las audiencias de formulación de acusación para el 1 de julio, 2 de septiembre y 18 de noviembre de 2021”, recordó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

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Sin embargo, el abogado defensor no acudió a ninguna de las diligencias pese a ser “debidamente informado vía correo electrónico en los días 20 de mayo, 1 de julio y 3 de septiembre de ese año”, sostuvo la Comisión.

Ante esta falta, el Juzgado Once Penal del Circuito de Barranquilla, que tenía a su cargo el proceso, compulsó copias a la jurisdicción disciplinaria para investigar la conducta del abogado.

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“Aunque el jurista logró la libertad de sus clientes el 15 de junio de 2021 por vencimiento de términos, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial evidenció cómo precisamente su desobediencia a los deberes profesionales afectó en materia determinante la administración de justicia, en este caso frente a la suerte de dos personas que podían ser consideradas como un peligro para la sociedad”, agregó la Comisión.

Esta Corte conseideró que el abogado “ejó de hacer oportunamente las diligencias propias de su actuación profesional al no asistir ni justificar su incomparecencia a las sesiones a las que fue convocado”.

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Por lo anterior, a través de fallo con ponencia del magistrado Julio Andrés Sampedro Arrubla, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial dejó en firme la decisión de primera instancia que suspendió al abogado por el término de 10 meses.