El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico decidió recientemente un recurso de apelación interpuesto por la defensa de José Ricardo Soto López, fallecido el 6 de junio de 2015, y condenó al Hospital Municipal de Puerto Colombia por no prestarle atención médica inmediata al joven, de 22 años de edad, cuando fue llevado por terceros días antes a la fecha de su deceso.
Cabe recordar que este fue un sonado caso que llamó la atención de la ciudadanía hace ocho años por las imágenes de las cámaras de seguridad del centro asistencial de la población que mostraron una aparente agonía del estudiante de derecho, momentos de alteración del orden de unas personas que lo acompañaban y una actitud pasiva de agentes de Policía y del personal médico del hospital en mención. Eso sucedió exactamente el 23 de mayo de 2015.
José Ricardo Soto López murió en la Clínica General del Norte, tras permanecer en la unidad de cuidados intensivos 13 días en coma. Su deceso, señalaron allegados, se produjo por la falla multisistémica que le afectó el corazón, el hígado, los riñones, un pulmón y el cerebro.
Luego, con el paso de los días, el Instituto de Medicina Legal certificó que el deceso fue a causa de fallas en distintos órganos y no producto de agresiones físicas, tal y como se planteaba inicialmente. 'Se concluye que el deceso fue consecuencia de siete fallas orgánicas. La principal: 'infarto agudo del miocardio. Manera de muerte: Violenta –sin precisar', se leyó en el diagnóstico.
Por lo ocurrido, la familia del joven emprendió una batalla legal para esclarecer las extrañas circunstancia que rodearon su muerte: en la Fiscalía se instauró una denuncia por el delito de lesiones personales y homicidio contra personas indeterminadas y, por otro, desde lo administrativo, por las fallas en la atención del Hospital Municipal de Puerto Colombia.
En ese sentido, el abogado demandante y también hermano de la víctima Miller Soto, explicó a EL HERALDO que la decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico de condenar al hospital de Puerto Colombia 'la percibimos como un acto de justicia toda vez que se confirma que sí hubo falla en el servicio, que le negaron a mi hermano la oportunidad de ser atendido de forma adecuada y que sin ese trato displicente el desenlace habría sido otro'.
Globalmente, según el abogado, se trata de una condena al hospital y se ordena el pago de 300 (SMLMV).
Aparte, expresó que 'nada llenará en nuestra familia el vacío que nos dejó José Ricardo, pero estamos agradecidos porque con esta decisión el Tribunal impidió que su muerte quedara completamente impune. O sea, en lo referente a la responsabilidad del Estado sentimos que se hizo justicia'.
Por otro lado, reiteró que en materia penal el caso nunca avanzó. 'Eso lo lamentamos profundamente porque aún quedan muchas preguntas por responder; sin embargo, entendemos las enormes falencias de nuestro sistema y como fieles creyentes dejamos todo en manos de Dios'.