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La Fiscalía Quinta Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado de Barranquilla determinó que la conducta de homicidio de la que fue víctima el 10 de octubre de 2002, en el norte de la capital del Atlántico, el profesor, dirigente sindical y miembro de la junta directiva de Coolechera, Gustavo Alexis De Silvestri Saade, tiene la categoría de crimen de lesa humanidad, y por consiguiente la acción penal es imprescriptible.