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La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de primera instancia emitida en noviembre de 2020 por el Juzgado 25 penal del circuito con función conocimiento de Bogotá, en la que decidió absolver a Yonis Rafael Acosta Garizábalo, alias 28, y a Edgar Ignacio Fierro Flórez alias Don Antonio; de los delitos de falso testimonio, soborno y fraude procesal, en el proceso contra Silvia Gette, exrectora de la Universidad Autónoma.

Asimismo, el juez de primera instancia ordenó también el archivo de las diligencias y la cancelación de las medidas que se adoptaron en contra de ‘28’ y de ‘Don Antonio’.

En su decisión de apelación, los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá declararon prescrita la acción penal derivada de las conductas punibles de falso testimonio, fraude procesal y soborno, atribuidas a Yonis Rafael Acosta Garizábalo y a Edgar Ignacio Fierro Flórez.

También se ordenó al Juzgado 25 penal del circuito con función conocimiento de Bogotá 'cancelar todo registro o pendiente que los implicados tengan por razón exclusiva del presente proceso penal'.

La decisión de primera instancia había sido apelada en su momento por el representante de víctima que argumentó que el juez del circuito hizo un análisis personal del desarrollo normativo y jurisprudencial de la Ley de Justicia y Paz, que erró al desviar su análisis hacia un inexistente concurso homogéneo de conductas punibles, que cercenó las versiones rendidas en justicia y paz por los coacusados y que interpretó erróneamente el acervo probatorio, por cuanto dio por probada la existencia de reuniones previas al asesinato de Fernando Cepeda y, a causa del mismo yerro, coligió que Silvia Gette no fue víctima de extorsiones.

Por su parte el representante de la Fiscalía argumentó su apelación en el sentido que el juez de primer grado se equivocó al considerar que las versiones rendidas en el marco de la Ley 975 de 2005 no se entienden bajo juramento y, asimismo, al sostener que la fiscalía desconoció el principio de congruencia.

Y agregó que las versiones rendidas en Justicia y Paz por los implicados no fueron valoradas de forma íntegra y que el juez erró en la interpretación de las demás pruebas, entre otros argumentos.

Contra la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá procede el recurso de reposición.

El caso tiene que ver con el homicidio del ganadero Fernando Cepeda, perpetrado el 22 de agosto de 2003, en Barranquilla. Por ese hecho, Gette Ponce denunció a los exparamilitares de haberla señalado como la determinadora de dicho homicidio.

Precisamente por ese hecho, en mayo de 2020 la Fiscalía acusó a la exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe como presunta responsable del asesinato del arquitecto y ganadero Fernando César Cepeda Vargas.

'La procesada sería determinadora del delito de homicidio agravado', indicó en su momento el ente investigador a través de un comunicado.

El proceso actualmente se encuentra a las puertas de juicio que se iniciaría a principios de marzo.