La Corte Suprema de Justicia determinó que Samuel Viñas Abohomor debe regresar a la cárcel y recibir el tratamiento médico en el centro de reclusión donde paga una condena por la muerte de su esposa Clarena Acosta, a quien asesinó disparándole en la cabeza el 1 de enero de 2010.
Al resolver un recurso de tutela presentado por Viñas Abohomor, la Corte indicó que el empresario debe recibir el servicio médico carcelario y el tratamiento hospitalario que permita su recuperación física, como lo ordene el médico tratante.
Además, señaló que en todo momento se deberá garantizar el cumplimiento de la pena intramural de 42 años por el delito de feminicidio, que le fue impuesta tras el juicio en su contra.
La orden de salida domiciliaria la emitió el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) la primera semana de febrero, en cumplimiento de una orden proferida por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas de Barranquilla, en favor del condenado.
Viñas Abohomor fue trasladado hacia su residencia ubicada en un edificio del barrio Villa Country, en uno de los apartamentos del piso nueve del inmueble. Viñas había estado internado en una clínica del norte de Barranquilla, a donde llegó por supuestos problemas de salud derivados de una intervención quirúrgica a la que fue sometido en noviembre de 2019 por problemas de colon.
Su ingreso al centro médico coincidió con que se hiciera público que el Inpec había ordenado su traslado a la cárcel de alta seguridad de Cómbita, en Boyacá, tras pasar 10 años preso en la Penitenciaría El Bosque con beneficios como el acceso a internet y la tenencia de teléfonos celulares y computadores.
La tutela interpuesta por Viñas para conseguir el beneficio de casa por cárcel –la octava que radicó– había sido instaurada ante la Corte Suprema de Justicia, alegando problemas de salud.