Por 'improcedente', el Consejo de Estado revocó la sentencia que suspendió la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que, en octubre pasado, revocó las modificaciones al estatuto y la junta directiva de la Fundación Acosta Bendek.
'Revocará la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y, en su lugar, se declarará la improcedencia de la tutela (…) puesto que el tutelante tiene a su disposición otros medios judiciales para buscar lo pretendido', ordenó la sala de lo contencioso administrativo con ponencia de la consejera Lucy Bermúdez Bermúdez.
El pleito por el control de la fundación creada por el fallecido exsenador conservador y cofundador de la Universidad Metropolitana, Gabriel Acosta Bendek, llegó al Consejo de Estado por una impugnación que presentó su hija Ivonne Acosta de Jaller.
Ella se opuso al fallo del Tribunal que, en noviembre, resolvió tutelar los derechos al debido proceso, la defensa e igualdad que reclamó Luis Fernando Acosta Osío como representante de la fundación.
Él 'consideró vulnerados tales derechos' por parte de la resolución 71632 de 2016 de la SIC, que 'revocó los actos administrativos correspondientes a la inscripción de la reforma estatutaria del nombramiento de la junta directiva y la designación del presidente y vicepresidente de la Fundación Acosta Bendek'.
Otro mecanismo
El Consejo de Estado declaró improcedente la tutela porque, para cuestionar la legalidad de la decisión de la SIC, Acosta Osío debió solicitar la nulidad y el restablecimiento del derecho como medio de control y, dentro de este, la adopción de medidas cautelares.
Refirió que los conflictos sobre derechos fundamentales deben ser resueltos, en principio, por la vía jurisdiccional y administrativa. Es decir, Acosta Osío debió primero impugnar el fallo de la SIC ante un juez administrativo y acudir al amparo constitucional de la tutela si esa alternativa no le resultaba idónea.
El Consejo insiste en que, contrario a lo que el demandante alegó, el fallo de la SIC tampoco causaba un daño 'irremediable' a la Fundación al revocar el nombramiento de la nueva junta.
'No quedaría sin órgano de administración, por el contrario continua vigente la última registrada y reconocida por la Cámara de Comercio de Barranquilla', aclara el Consejo de Estado.
Esa junta directiva es conformada por Gabriel Acosta Bendek, Ivonne Acosta de Jaller, su esposo Carlos Jaller Raad y su hermano Alberto Enrique Acosta Pérez.
Como EL HERALDO lo informó en noviembre último, en la providencia de la SIC quedó plasmado que al momento de efectuarse los actos que reformaron a la fundación, en la Camcomercio de Barranquilla había un certificado de existencia y representación del 2 de diciembre de 1999, expedido por la Gobernación del Atlántico.
El certificado mostraba a Gabriel Acosta como representante y presidente, y como suplente a su primera esposa, Sofía Acero. Con la muerte de esta en 1996, su hija Ivonne asumió en 2008 la vicepresidencia, puesto que ocupó hasta las modificaciones del año pasado.
De acuerdo con el acta 001 del 5 de mayo de 2015, ese día se reunieron Eduardo, Jacobo y Alfonso Acosta Bendek, resultando elegido presidente el primero.
La SIC resolvió, sin embargo, que 'no existe claridad respecto del órgano que se reunió' y cuestionó que fuese 'competente para adoptar las decisiones inscritas'.
Por ello, Ivonne Acosta alegó que sus tíos 'no ostentan la calidad de miembros fundadores, toda vez que desde' la constitución de la entidad 'es claro que solo fueron dos las personas fundadoras'.