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El 5 de enero miembros del CTI de la Fiscalía capturaron a diez personas vinculadas con un supuesto desfalco al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF regional Atlántico, por valor de $303.919.413.

Las irregularidades, según informó en audiencia el fiscal 29 de delitos contra la administración pública, Guido Rivero, fueron cometidas en los contratos 331 por valor de $1.028 millones y el 346 por $1.253 millones.

Sendos contratos, firmados el 22 de diciembre de 2014, tenían como finalidad alimentar a 1.778 niños de Ponedera y Tubará, en edades comprendidas entre cero y 5 años, así como a madres lactantes y gestantes de esos municipios, objetivo que según la Fiscalía no se cumplió a cabalidad.

De acuerdo con el representante del ente acusador, Yolanda Ruiz Pinzón, entonces directora del ICBF, bajo la convocatoria 003 de 2014 abrió una licitación pública para contratar un servicio especial para atender a la población referida.

Se presentaron 51 proponentes con los que se radicaron 47 grupos, de los cuales a la Fiscalía le llamó la atención los grupos 1 y 17, en los que se presentó un empate en el puntaje entre tres proponentes.

Según el fiscal, en el pliego de condiciones de la licitación se estableció que se debía entregar la licitación al proponente que ofreciera la mayor contra partida, resultando ganadora la Unión Temporal Unidos por la niñez, conformada por las fundaciones Una mano amiga por la niñez atlanticense y la fundación Esperanza para la niñez, la cual ofreció el 60 por ciento del valor del contrato, que según el fiscal era de $1.400 millones.

'Ese ofrecimiento de la contrapartida nunca lo cumplió la unión temporal, fue una falacia para que le fueran asignados los contratos 331 y 346 y defraudar a la administración pública y afectar a la población menos favorecida de Ponedera y Tubará', afirmó el representante del ente acusador durante las audiencias.

Otra irregularidad que según la Fiscalía se presentó en los contratos 331 y 346, adjudicados por el ICBF a la Unión Temporal Unidos por la niñez tiene que ver con supuestos sobrecostos en los bienes requeridos.

Según el funcionario judicial, los proveedores que utilizó la Unión Temporal para que suministraran los bienes requeridos para su funcionamiento, englobaron los precios, causando un detrimento a la administración pública.

Además de ello, afirmó el fiscal, la Unión Temporal pagó servicios públicos, enseres, electrodomésticos, arrendamientos e hizo mercados que no estaban contemplados en la canasta de costos y que tampoco estaban establecidos en el objeto del contrato.

Rol de cada uno

En concepto del fiscal Guido Rivero, las personas capturadas permitieron que se fraguara el desfalco a la administración pública y se afectara a la población más desfavorecida de Tubará y Ponedera.

De Yolanda Ruiz Pinzón dijo que como representante legal de la entidad firmó los contratos cuestionados 'sin hacer los estudios necesarios previos, para determinar si había la viabilidad o no para la adjudicación del contrato.

En cuanto a Eduardo Enrique Camargo Ortega contador, coordinador y director administrativo de la Unión Temporal Unidos por la niñez, el fiscal dijo que era la persona que además de llevar la contabilidad de la unión temporal, compraba los productos alimenticios con los cuales se satisfacían las necesidades de los niños y niñas, de cero a cinco años.

Agregó que Camargo Ortega pagó servicios públicos, arriendos, electrodomésticos que no estaban estipulados en la canasta de costos ni en el objeto del contrato.

'Todo el dinero pasó por sus manos para el pago de esas obligaciones, permitiendo que se defraudara a la administración pública en $303.919.413 millones'.

Sobre Yaneth María Ortega Camargo, representante legal de la fundación Esperanza de la niñez y tesorera de la Unión Temporal Unidos por la niñez, el fiscal dijo que por ser miembro de la unión temporal ofreció una contrapartida del 60 por ciento que incumplió, lo cual permitió defraudar al Estado.

De acuerdo con la Fiscalía, Orlando Alberto Jessurum Torres, policía activo, representante legal de Inversiones Gestor y miembro militante del consejo directivo de la cooperativa Multiactiva de mercadeo y servicios integrales de la Costa, le vendía a la Unión Temporal Unidos por la niñez los refrigerios y complementos nutricionales. Los productos que ofrecía los englobaba hasta llegar a defraudar al Estado en 120 millones de pesos.

De Luis David Avendaño Fernández, dueño de la Chatarrería y papelería Daabe, el representante del ente acusador señaló que era proveedor de la Unión Temporal y también englobaba los precios de los productos.

Con respecto a Juan Carlos Villanueva Hernández, proveedor y gerente de la Cooperativa Multiactiva de mercadeo y servicios integrales de la Costa, el fiscal lo señaló de presentar facturas de cobro a la unión temporal, englobadas, defraudando a la administración pública en $120 millones.

De Rosmery Maldonado Fontalvo, supervisora del contrato 346, el fiscal dijo que tenía las funciones de controlar, vigilar, prevenir, verificar, informar, evaluar, exigir, sugerir y evaluar pero no lo hizo, y permitió, con su visto bueno, que se desembolsaran los dineros que fueron desviados a través de sobrecostos y pagos de bienes y de otras obligaciones no establecidas dentro del contrato.

De Luis Avendaño Méndez, representante legal de la Unión Temporal Unidos por la niñez, dijo la Fiscalía que celebró contratos con el ICBF como representante legal de la unión temporal 'fundado en una mentira ya que se puso de acuerdo con la fundación Esperanza para la niñez para hacer una propuesta de contrapartida que nunca dieron'.

De Elena Oneida Bayona Barros, supervisora del contrato 331, y Carlos Alberto Gamarra Sierra, al igual que Rosmery Maldonado, señaló que no cumplieron con las funciones que les correspondían y con ello contribuyeron al detrimento del Estado.

'Mala lectura'

Para el abogado Noé Gómez, defensor de Oneida Elena Bayona Barrios, lo realizado por la Fiscalía es 'una mala lectura' que está haciendo sobre el tipo de contratos que celebra el ICBF con respecto a los operadores de esa clase de servicios.

Según el togado, el Consejo de Estado ha dicho que ese tipo de contrato que se está celebrando es diferente a los otros contratos que celebra la administración pública. 'Aquí lo que se delega en función pública es la prestación de un servicio entre el Estado, a través del ICBF, y un particular que es el operador, llámese fundación o particular. El objeto es que se cumpla una función pública en la comunidad'.

Gómez señaló que las resultas del contrato no se miden en dinero como según él, lo está pretendiendo medir la Fiscalía, sino que se miden por si se dieron o no los objetivos que se debían cumplir en la comunidad.

El abogado explicó que los servicios del contrato eran dos: la atención a los niños menores de cinco años y madres lactantes en alimentación y en su desarrollo formal, y segundo, unas capacitaciones en términos valorativos de unos 600 millones de pesos.

'La Fiscalía ha interpretado que porque el contratante no le pagó en dinero a los capacitadores este se robó esa plata en asocio con los funcionarios del ICBF, cuando lo que se mide es si se dictaron o no las capacitaciones, ya que si la fundación adquiere a los capacitadores a título gratuito, no le interesa al ICBF si pagó o no la capacitación, le interesa es que le den las resultas de si se dieron o no las capacitaciones', aclaró el abogado.

Sobre los supuestos sobrecostos en los productos suministrados por los proveedores a la unión temporal, Noé Gómez indicó que no los hubo ya que según él, son productos alimenticios que varían de precios y que están sujetos a muchos factores que hacen que bajen o suban los precios, como es la ley de la oferta y la demanda, el clima, las cosechas, entre otros factores.

'El contratista hace la compra, suministra y después pasa la cuenta de cobro que está sujeta a que le paguen cuando el ICBF tenga dinero. Los proveedores compran por anticipado, fiado, para esperar a que el Bienestar les pague, y luego ellos pagarles a sus proveedores'.

Gómez aclaró que las fundaciones Una mano amiga por la niñez y Esperanza para la niñez se unieron con anticipación para participar en la licitación y ofrecer el 60 por ciento de la contrapartida del contrato.

Cargos imputados a los procesados

El fiscal 29 de delitos contra la administración pública les imputó a los diez procesados los delitos de peulado por apropiación, tipificado en el artículo 397 del Código de Procedimiento Penal que dice que el servidor público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte, o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes de particulares, incurrirá en prisión de 6 a 15 años de prisión. Falsedad material en documento público (artículo 287): el que falsifique documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de 3 a 6 años. Y contrato sin cumplimiento de requistos legales (artículo 410): el servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales incurrirá en prisión de 4 a 12 años.