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Edwar Cobos Téllez obtuvo el beneficio de la libertad a prueba, por sumar al menos ocho años en una cárcel como postulado de las AUC a la Ley de Justicia y Paz.

Cobos era conocido en las filas de las Autodefensas con el alias de Diego Vecino y fue jefe político del Bloque Héroes de los Montes de María, que delinquió en los departamentos de Bolívar y Sucre.

'Sustituir la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario impuesta el 7 de febrero de 2014', ordenó el miércoles la magistrada Zoraida Chalela, de la sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla.

El cambio de medida fue solicitado por Cobos, a través de su abogado. La petición fue sustentada el jueves y viernes de la semana pasada en una audiencia, en el tercer piso del complejo judicial del Centro Cívico de Barranquilla.

OCHO AÑOS EN CÁRCEL

El argumento principal de Cobos es que cumple con el primer requisito: ocho años en un centro de reclusión.

Alias Diego Vecino entregó las armas el 14 de julio de 2005 junto con la mayoría de miembros del bloque, y el 15 de agosto de 2006, el Gobierno lo postuló a Justicia y Paz. Tres días después se presentó en la zona de ubicación temporal de la Cárcel La Ceja, en el municipio de Rionegro (Antioquia), donde permaneció hasta su traslado en octubre a la Cárcel de Itagüí, en el mismo departamento.

'Entre el 11 de octubre de 2006 y hasta la actualidad, Cobos ha estado privado de la libertad de manera ininterrumpida, según lo reporta el Inpec', detalla la sentencia. Permanece desde el 18 de agosto de 2009 detenido en la Cárcel La Picota, en Bogotá.

También acreditó que ha cumplido con participar y contribuir al esclarecimiento de la verdad: la Fiscalía certificó que asistió a 24 versiones libres y confesó 436 hechos punibles que incluyen homicidios, desapariciones, desplazamientos forzados y nexos con dirigentes políticos (parapolítica).

'El postulado ha relacionado estructuras, entregado información de parapolítica, fuentes de financiación, redes de apoyo, narcotráfico', anotó la Fiscalía.

La cuarta exigencia que cumple es la entrega de bienes para la reparación de las víctimas y la última, no haber cometido delitos después de la desmovilización.

Sobre esa última obligación, el abogado del postulado aportó reportes de la base de datos del sistema nacional de antecedentes y anotaciones, en la que no hay en su contra condenas o medidas de aseguramiento por delitos posteriores a la desmovilización.

'El único elemento adverso puesto de presente por el Fiscal es la mención por fuentes confidenciales en un proceso, en el que se (le) relaciona con actividades de tráfico de drogas entre 2003 y 2007', explicó la magistrada.

'La imprecisión de este testimonio –continuó– y la negativa de la Corte Suprema de Justicia para avalar la extradición del postulado, hacen inconducente ese elemento probatorio para desacreditar el quinto requisito'.

INPEC, SIN BRAZALETES

Para acceder a la libertad a prueba durante cuatro años, Cobos deberá presentarse cada tres meses ante el magistrado de control de garantías de Justicia y Paz más cercano a su residencia, e informar sus desplazamientos, ocupaciones y actividades económicas.

No podrá salir del país sin autorización judicial, portar armas de fuego de ningún tipo y tampoco participar en reuniones políticas o electorales, entre otros compromisos que se comprometió a cumplir.

Cobos, no obstante, no tendrá vigilancia electrónica porque el Inpec no dispone de brazaletes 'en todo el territorio nacional', advirtió Chalela, cuya decisión quedó en firme porque la Fiscalía, la Procuraduría y los abogados de víctimas no se opusieron ni presentaron apelaciones.

Las condenas de Cobos

En justicia ordinaria, cuatro juzgados de Sincelejo (Sucre) y uno de Cartagena lo condenaron así:

• 14 años por el homicidio de Yasmín Chávez Guerrero, asesinada el 16 de mayo de 2001 en Las Piedras, zona rural de Tolú Viejo (Sucre).

• 20 años por el homicidio en 2001 de los investigadores del CTI Fabio Coley y Jorge De la Rosa Mejía, y sus dos acompañantes, en Sucre.

• 16 años por el homicidio de la fiscal Yolanda Paternina, asesinada en 2001 en Sincelejo.

• 21 años por el secuestro y homicidio del exalcalde de San Onofre (Sucre) Luis Salaiman Fayad, y el desplazamiento forzado de su esposa y su familia.

• 40 años por la masacre de El Salado (Bolívar), entre el 10 y 11 de marzo de 2000, donde 'se cometieron homicidios a más de 50 víctimas, acceso carnal violento y desplazamiento forzado, entre otros delitos'.